3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/245-37)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Comercio, por la que se otorga el reconocimiento de la condición de Oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía y se aprueba el calendario para el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 23 de diciembre de 2021
página 20201/2
RESU ELVO
Primero. Otorgar la condición de Oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía incluidas
en el anexo de la presente resolución y aprobar el Calendario Anual para el año 2022.
Segundo. La presente resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo
de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo,
con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de
dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00252465
Sevilla, 16 de diciembre de 2021.- El Consejero de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2), la
Directora General de Comercio, Lorena Garrido Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 23 de diciembre de 2021
página 20201/2
RESU ELVO
Primero. Otorgar la condición de Oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía incluidas
en el anexo de la presente resolución y aprobar el Calendario Anual para el año 2022.
Segundo. La presente resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2022.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo
de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo,
con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de
dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de
conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00252465
Sevilla, 16 de diciembre de 2021.- El Consejero de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2), la
Directora General de Comercio, Lorena Garrido Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja