3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/245-37)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Comercio, por la que se otorga el reconocimiento de la condición de Oficial a las Ferias Comerciales de Andalucía y se aprueba el calendario para el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 23 de diciembre de 2021
página 20201/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA,
CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Comercio,
por la que se otorga el reconocimiento de la condición de Oficial a las Ferias
Comerciales de Andalucía y se aprueba el calendario para el año 2022.
El texto refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 3/2012, de 20 de marzo, así como el Reglamento de Ferias
Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 174/2011, de 7 de junio,
articulan los medios necesarios para reconocer la condición de «Oficial» de las Ferias
Comerciales a incluir en los Calendarios Anuales correspondientes.
El artículo 7.3 del texto refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de
Andalucía y el artículo 10.1 del Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales disponen que
la Consejería competente en materia de comercio interior, otorgará la condición de Feria
Comercial Oficial mediante la aprobación del calendario anual antes del 31 de diciembre
de cada año, e irá referido al siguiente año natural, y que se publicará en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, inscribiéndolas de oficio en el Registro de Ferias Comerciales
Oficiales de Andalucía.
Mediante la aprobación y publicación del calendario anual de las Ferias Comerciales
Oficiales se pretende lograr la mayor difusión de las Ferias Comerciales que han
obtenido el carácter de oficial para el año 2022, entre expositores, profesionales y público
en general, movilizando las iniciativas económicas de interés social, promocionando los
contactos e intercambios comerciales, el acercamiento entre la oferta y la demanda y una
mayor transparencia del mercado.
00252465
A la vista de los informes emitidos por las Delegaciones Territoriales de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Economía, Industria, Conocimiento
y Universidades correspondientes, así como de la documentación presentada por
las entidades organizadoras de las Ferias Comerciales solicitantes, y en uso de las
atribuciones que me han sido conferidas por el texto refundido de la Ley de Ferias
Comerciales Oficiales de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 123/2021, de
16 de marzo, por la que se modifica el Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, y por la Orden de 16 de febrero de 2021, por la
que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados
órganos de sus agencias administrativas, en su apartado cuarto.2.c), que delega en la
persona titular de la Dirección General de Comercio la competencia para la aprobación
del Calendario anual de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía previsto en el artículo
7.3 del citado texto refundido y en el artículo 10.1 del Reglamento de Ferias Comerciales
Oficiales de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 23 de diciembre de 2021
página 20201/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA,
CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Comercio,
por la que se otorga el reconocimiento de la condición de Oficial a las Ferias
Comerciales de Andalucía y se aprueba el calendario para el año 2022.
El texto refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 3/2012, de 20 de marzo, así como el Reglamento de Ferias
Comerciales Oficiales de Andalucía, aprobado por Decreto 174/2011, de 7 de junio,
articulan los medios necesarios para reconocer la condición de «Oficial» de las Ferias
Comerciales a incluir en los Calendarios Anuales correspondientes.
El artículo 7.3 del texto refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de
Andalucía y el artículo 10.1 del Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales disponen que
la Consejería competente en materia de comercio interior, otorgará la condición de Feria
Comercial Oficial mediante la aprobación del calendario anual antes del 31 de diciembre
de cada año, e irá referido al siguiente año natural, y que se publicará en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, inscribiéndolas de oficio en el Registro de Ferias Comerciales
Oficiales de Andalucía.
Mediante la aprobación y publicación del calendario anual de las Ferias Comerciales
Oficiales se pretende lograr la mayor difusión de las Ferias Comerciales que han
obtenido el carácter de oficial para el año 2022, entre expositores, profesionales y público
en general, movilizando las iniciativas económicas de interés social, promocionando los
contactos e intercambios comerciales, el acercamiento entre la oferta y la demanda y una
mayor transparencia del mercado.
00252465
A la vista de los informes emitidos por las Delegaciones Territoriales de Empleo,
Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Economía, Industria, Conocimiento
y Universidades correspondientes, así como de la documentación presentada por
las entidades organizadoras de las Ferias Comerciales solicitantes, y en uso de las
atribuciones que me han sido conferidas por el texto refundido de la Ley de Ferias
Comerciales Oficiales de Andalucía, el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre,
de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 123/2021, de
16 de marzo, por la que se modifica el Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, y por la Orden de 16 de febrero de 2021, por la
que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados
órganos de sus agencias administrativas, en su apartado cuarto.2.c), que delega en la
persona titular de la Dirección General de Comercio la competencia para la aprobación
del Calendario anual de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía previsto en el artículo
7.3 del citado texto refundido y en el artículo 10.1 del Reglamento de Ferias Comerciales
Oficiales de Andalucía,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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