3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/244-18)
Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa Mancomunidad del Guadalquivir, que realiza servicios de gestión de residuos (RSU), limpieza viaria, transporte y eliminación de residuos, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 244 - Miércoles, 22 de diciembre de 2021

página 20166/5

Tercero. La población a la que presta servicio la mancomunidad es del alrededor de
259.895 habitantes, con una extensión territorial de 1.431,16 km2.
Cuarto. La necesidad de garantizar una máxima limpieza de las zonas próximas a
los centros sanitarios, centros escolares, centros asistenciales y mercados, que hace
necesario realizar el servicio de recogida de forma habitual.
Quinto. La situación sanitaria derivada del COVID-19 hace necesario garantizar no
sólo la máxima asepsia y limpieza en las ciudades, sino también gestionar los residuos
procedentes de hogares, hospitales, ambulancias, centros de salud, laboratorios, como
establece la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones
sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Sexto. Los numerosos precedentes administrativos de regulación de servicios
mínimos en supuestos similares, entre los que destacan: Resolución 1 de agosto de 2017
de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral (BOJA
núm. 150, de 7 agosto), la Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General
de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral (BOJA núm. 66, de 6 de abril),
Resolución de 24 de junio de 2019, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar
Laboral (BOJA núm .125, 2 de julio de 2019), Resolución de 27 de julio de 2020, de
la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral (BOJA núm. 148, de 3 de agosto
de 2020), por las que se establece la regulación de servicios mínimos en huelgas de
similares características.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, esta regulación se establece de conformidad con lo que disponen
las normas aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de
Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley 17/1977, de 4
de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones
y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de
trabajo; el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías (modificado por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11
de febrero, y por Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre); el Decreto 100/2019,
de 12 de febrero, y Decreto 115/2020, de 8 de septiembre, por el que se aprueba la
estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA del 30),
RESU ELVO

Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252436

Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Mancomunidad del
Guadalquivir, encargada de realizar el servicio de recogida de residuos sólidos, recogida
selectiva de residuos, así como la limpieza viaria de la localidad de Puebla del Río y
Valencina de la Concepción. La huelga, convocada con carácter indefinido, se llevará a
cabo desde las 00:00 horas del día 22 de diciembre de 2021.