Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/242-5)
Resolución de 21 de noviembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se modifica el crédito de la convocatoria para el año 2021, de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021

página 19949/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Con fecha 24 de mayo de 2021, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
la Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de
Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2021, de subvenciones públicas en
régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas
en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a
personas con discapacidad (BOJA núm. 91, de 14 de mayo de 2021).
De conformidad con el apartado 1 del Resuelvo segundo de la citada Resolución, las
ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes
con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, y
con una cuantía máxima total de setenta y ocho millones quinientos mil euros (78.500.000
euros), con carácter estimativo.
De dicha cuantía total prevista, el crédito para los incentivos destinados a financiar
los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados
por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo asciende a sesenta y
nueve millones setecientos veinte mil euros (69.720.000 euros).
Al objeto de adaptar las disponibilidades presupuestarias a las necesidades
existentes, se hace necesario, redistribuir el crédito de la línea de mantenimiento de los
puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en la provincia de Córdoba
teniendo en cuenta el sobrante existente en la partida 2021 1039180000 G/32L/47004/14
SO574, y la necesidad de aumentar el crédito para resolver solicitudes pendientes en la
partida 2021 1039180000 G/32L/48004/14 SO574, dentro de la misma provincia.
Las circunstancias específicas de las personas con discapacidad destinatarias, y
sus especiales dificultades de inserción laboral, requieren destinar todos los recursos
disponibles a crear el mayor número de puestos de trabajo posibles. Todo ello,
además, teniendo en consideración que estas ayudas tienen por objeto compensar
económicamente la prestación de los Servicios de Interés Económico General
desarrollados por los Centros Especiales de Empleo, y con ello su viabilidad, de
conformidad con lo establecido en el apartado 1 del correspondiente Cuadro Resumen
de la Orden de 7 de febrero de 2017.
La Disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017, dispone que la
persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo podrá
efectuar la convocatoria de los incentivos regulados en la presente orden, mediante
resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En el ejercicio de esta competencia se podrá resolver la modificación del crédito
de la convocatoria publicadas cuando, al objeto de cumplir de la mejor forma posible
con la finalidad de la ayuda atendiendo a la empleabilidad del colectivo destinatario, las
circunstancias o las necesidades de las mismas, así lo requieran, sin que ello suponga la
apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Por su parte, el artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el
procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones
otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas
y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril de 2018), dispone que «Toda
modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252213

Resolución de 21 de noviembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se modifica el crédito de la convocatoria para
el año 2021, de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no
competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7
de febrero de 2017.