3. Otras disposiciones. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/242-28)
Orden de 14 de diciembre de 2021, por la que se publica la Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos, en relación con la solicitud presentada por las entidades Iberdrola Renovables Energía, S.A., Iberdrola Renovables Andalucía, S.A.U., e Iberenova Promociones, S.A.U., para la declaración de inversión empresarial de interés estratégico de una cartera de proyectos energéticos renovables en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021

página 20056/27

Tercero. Obligaciones y especificidades para los promotores.
La declaración como inversión empresarial de interés estratégico para Andalucía,
obliga al seguimiento, para la entidad promotora, de las consideraciones y observaciones
realizadas por las consejerías en sus respectivos informes preceptivos y, específicamente,
las expuestas en el considerando Segundo de los presentes Fundamentos de Derecho.
El incumplimiento de cualquiera de los compromisos de la declaración de inversión
empresarial de interés estratégico para Andalucía podrá implicar la revocación de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252310

los proyectos tengan alguna prohibición o limitación de la legislación administrativa en el
ámbito normativo específico de energía.
iii) La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico establece en su informe que los
Proyectos no afectan a yacimientos arqueológicos protegidos e inscritos en el Catálogo
General del Patrimonio Histórico de Andalucía. No obstante, la falta de información sobre
el patrimonio arqueológico en los suelos afectados por la actividad empresarial, exige
la realización, en todos ellos, de una Actividad Arqueológica preventiva de Prospección
Superficial.
c) Contribuir a la creación de un mínimo de 50 puestos de trabajos a tiempo completo
en la ejecución de la inversión, así como ofrecer una inversión de, al menos, 25 millones
de euros.
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, la Consejería de Hacienda
y Financiación Europea y la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible consideran que el proyecto cumple con los requisitos establecidos en la letra
c) del artículo 3.2. El resto de Consejerías no han realizado observaciones. En particular:
i) La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, en su informe de 9 de
diciembre, considera «que se dan los requisitos cuantitativos y se emite informe favorable
del mismo en términos de creación de empleo».
ii) La Consejería de Hacienda y Financiación Europea, en su informe de 16 de
noviembre de 2020, considera que tanto por las inversiones previstas, como el empleo
generado en la fase de construcción, cumplen con los requisitos establecidos en el
mencionado artículo 3.2 del Decreto-ley.
En este sentido, especifica que estos proyectos supondrán una inversión en el territorio
andaluz de 640 millones de euros, aumentando la riqueza del territorio, favoreciendo a la
población local beneficiada por la actividad productiva y por el movimiento de activos
monetarios, cumpliendo el requisito de ser superior a los 25 millones que marca el
Decreto-Ley.
En la planificación de la ejecución los proyectos, desde el año 2021 hasta el primer
semestre del año 2024, la generación de empleo prevista es de 1.776 FTEs en fase de
construcción, a lo largo de estos 4 años y 242 FTEs en fase de operación a partir del año
2024. Igualmente valora que se podrá crear un 30% de puestos de empleo indirectos e
inducidos, por lo que a los 1.776 FTEs directos en la construcción, se podrán generar
unos 530 FTEs, por lo que en total, entre directos, indirectos e inducidos, se contará con
unos 2.300 FTEs.
Como se ha expuesto tras la retirada de la FV Cártama algunos datos de los informes,
que resumidamente se han expuesto, no coinciden con el proyecto definitivo. No obstante,
ello no afecta a la valoración favorable ya que, en todo caso, superan ampliamente los
requisitos cuantitativos y cualitativos establecidos en el Decreto-ley.
iii) El informe de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de 25 de noviembre de 2020, considera que el proyecto cumple con los
requisitos de inversión y generación de empleo exigidos por la letra c) del art. 3.2 del
Decreto-ley y lo hace, además, en un sector de negocio que contribuye significativamente
a una economía más verde y respetuosa con el medio ambiente, por lo que, en este
sentido, debemos valorarlo de manera muy positiva en un contexto como el actual de
profunda crisis económica.