Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/242-6)
Corrección de errores de la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales (BOJA núm. 229, de 29.11.2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021

página 20091/8

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Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:

Persona titular de la Jefatura de Servicio del IAPRL que reúna las competencias de fomento.

Vocalías:

Cuatro funcionarios o funcionarias del IAPRL que actuarán como personas expertas en los aspectos
técnicos de las solicitudes, con equilibrio en la representación entre mujeres y hombres y
conocimientos previos en materia de igualdad de género. Podrán ser auxiliadas en tales funciones
por personal experto en ambos aspectos de la Consejería competente en materia de Empleo.

Secretaría:

Un funcionario o funcionaria del Instituto. En la elección de la Secretaría se garantizará el
equilibrio de representación entre mujeres y hombres en relación con el cargo de la Presidencia.

Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
La Dirección-Gerencia del IAPRL.

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

14.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).
Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios.html

15.- Documentación (Artículo 17):
15.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

1. Acreditación de la personalidad: tarjeta de identificación fiscal, escritura de constitución (salvo
Universidades) y estatutos de la entidad. En el caso de fundaciones, inscripción en el registro
correspondiente.
2. Acreditación de la representación legal de la entidad: mediante certificado electrónico cualificado de
representante de la entidad, u otra documentación acreditativa de la representación legal y, en su caso,
documento nacional de identidad o equivalente (DNI o NIE) de la persona que ostente la representación
legal, en el caso de que manifieste su oposición expresa a que la Administración consulte sus datos de
identidad
a
través
del
sistema
de
verificación
de
identidad.
3. Certificado bancario acreditativo de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria
consignada
en
su
solicitud,
incluyendo
IBAN.
4. Documentación técnica: los proyectos que se presenten han de definir, en el mismo orden en que se
relacionan
en
este
apartado,
lo
siguiente:
A.Memoria
del
proyecto
de
investigación
(Anexo
IIA)
con
los
siguientes
apartados:
A1.Resumen
del
proyecto
de
investigación.
A2.Antecedentes y estado actual del tema. Se deberá describir el estado actual de los conocimientos,
productos, procesos y tecnologías en relación con los objetivos del proyecto, identificando las
desventajas y/o limitaciones de lo ya existente, así como los avances que supondrían el logro de los
objetivos.
más
relevante.
A3.Bibliografía
A4.Hipótesis-Objetivos
generales
y
operativos.
del
proyecto.
A5.Interés
A6.Metodología.
A7.Medios,
Instalaciones,
instrumentos
y
técnicas
disponibles
para
realizar
el
proyecto.
A8.Plan
de
trabajo.
Cronograma.
A9.Distribución
de
tareas
y
responsabilidades.
A10.Experiencia
del
equipo
investigador
sobre
el
tema.
A11.Utilidad
práctica
de
los
resultados
en
relación
con
la
PRL.
A12.Justificación
de
la
ayuda
solicitada.
B.Presupuesto
del
proyecto
desglosado
(Anexo
II
B).
C.Informe de viabilidad en el que se haga constar la viabilidad del proyecto de investigación en todos sus
términos(AnexoIIC).
D.Currículos normalizados abreviados de todos las personas investigadoras que participen en el proyecto,
limitando las publicaciones, ponencias o conferencias, a los últimos seis años (Anexo II D).
Se advierte que cualquier discrepancia entre lo declarado en la solicitud, la documentación aportada en el
Anexo II, y la documentación justificativa, podrá ser motivo de expediente de incumplimiento que, en su
caso,
podrá
suponer
la
modificación
o
revocación
de
la
concesión
de
la
subvención.
Los anexos referidos en el texto articulado de las bases reguladoras serán objeto de publicación junto con
la correspondiente convocatoria.

15.b) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
Originales.
Copias autenticadas.
Otro:

Copias digitalizadas de documentos originales en formato papel, cuya fidelidad con el
original se garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252346

Copias auténticas.