5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/242-73)
Anuncio de 9 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, de resolución favorable complementaria a las dictadas por la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, relativa a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre), y reguladas por Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 242 - Lunes, 20 de diciembre de 2021

página 20014/2

Cuarto. La base reguladora decimocuarta establece que las Delegaciones Territoriales
procederán a la tramitación de las solicitudes presentadas en cada uno de los días del
plazo de presentación, diferenciando en cuanto a su presupuesto y procedimiento, los
programas general y joven definidos en la base reguladora primera; y priorizando según
su inclusión en los grupos 1, 2 y 3 de conformidad con los apartados tercero y cuarto de
la base reguladora decimoprimera.
Quinto. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las Bases
Reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se
relacionan en los Anexos que acompañan a la presente propuesta.
Sexto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en el anexo adjunto
y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes cumplen los
requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con la base quinta del mismo
texto normativo, y según lo establecido en la base decimocuarta el complemento de
especial vulnerabilidad complementó la ayuda hasta alcanzar la disponibilidad prevista
de fondos autonómicos en la convocatoria.
Séptimo. Se dictan resoluciones por las que se conceden la ayuda para el alquiler
de vivienda habitual a las personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos
limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, programa General
Grupo 1, a las personas relacionadas en el anexo que se acompaña, correspondiente al
40% de acuerdo con los períodos subvencionables e importes que se indican en dicho
Anexo. En los casos que proceda, se recogen los complementos para mayores de 65
años correspondiente al 50%; o para personas en situación de vulnerabilidad, pudiendo
llegar en este caso al 75%.
Octavo. Con posterioridad, se han dictado resoluciones desestimadas (por no
reunir los requisitos), anuladas, duplicadas, desistidas (por no aportar documentación
requerida), inadmitidas (por presentación fuera de plazo) y modificatorias (por renuncia
al contrato de alquiler, defunción, disminución de la renta, etc.), lo que ha provocado una
liberación de crédito en ambas partidas presupuestarias.
Noveno. La base decimocuarta contempla, que en el caso de solicitudes que no
hayan podido tramitarse conforma a la opción preferente señalada por agotamiento de
crédito y en el caso de que puedan liberarse sobrantes en la línea preferente, que puedan
finalmente concederse en la línea inicialmente solicitada. Y la base octava establece
la posibilidad de realizar resoluciones complementarias en el caso de incremento del
crédito.
Décimo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13
de abril de 2020 sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período
de alarma, para mayor eficacia administrativa se efectúa la agrupación en un único
procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite,
incluyéndose los datos de cada beneficiario en los Anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los siguientes

Primero. Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre), por la
que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de
especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el alquiler convocadas por la Orden de 30 de octubre de 2018.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252285

FUNDAMENTOS DE DERECHO