Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2021/593-1)
Resolución de 19 de diciembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la Orden de la Consejería de Salud y Familias de 16 de diciembre de 2021, por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso de las personas usuarias al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.
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Extraordinario núm. 93 - Domingo, 19 de diciembre de 2021

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de competencia de la autoridad sanitaria, niveles que en función de las circunstancias
epidemiológicas, serán objeto de aplicación en los distintos distritos sanitarios o
municipios. Asimismo la Orden de 29 de septiembre de 2021, por la que se modifica la
Orden de 7 de mayo de 2021, añadió la disposición adicional tercera, que establece el
nivel de alerta sanitaria 0 y sus medidas de salud pública.
La finalización del estado de alarma el 9 de mayo de 2021 no ha puesto fin a la
declaración de emergencia de salud pública realizada por la OMS y de ahí la necesidad
de que, en base a la normativa estatal y autonómica, la Comunidad Autónoma de
Andalucía, atendiendo a la situación epidemiológica actual, deba seguir adoptando
medidas preventivas concretas ante situaciones de riesgo grave para la salud pública
provocadas por la pandemia.
Mediante Orden de 3 de diciembre de 2021 se ha establecido la medida preventiva
de salud pública relativa al Certificado COVID-19 o prueba diagnóstica para el acceso a
centros sanitarios con internamiento y centros sociosanitarios de carácter residencial al
considerar que son establecimientos donde se desarrollan actividades esenciales y que
requieren de una especial atención en cuanto a transmisión de esta enfermedad, ya que
el acaecimiento de brotes en ellos impacta no solo en los casos específicos, sino que
afecta al propio funcionamiento de los hospitales o centros, a su capacidad de prestación
sanitaria y social, pudiendo conllevar el cierre de zonas y afectando a un personal tan
esencial como son los profesionales sanitarios y sociosanitarios que en ellos trabajan.
No obstante, ante la situación epidemiológica actual, el Consejo de Alertas de Salud
Pública de Alto Impacto, en su reunión del día 9 de diciembre de 2021, ha realizado una
valoración de la situación y ha considerado proponer la medida de que sólo puedan
acceder a un espacio interior de un establecimiento público con actividad de hostelería
u ocio nocturno, es decir, salas de fiesta, discotecas y similares, las personas usuarias
mayores de 12 años que dispongan de Certificado Covid de vacunación o Certificado
Covid de recuperación, o prueba diagnóstica emitida por el servicio público de salud o
por un laboratorio autorizado, por considerarse estos espacios y actividades de mayor
riesgo de transmisión. Esta exigencia de certificado parece coherente que no se aplique
a menores de 12 años dada la imposibilidad hasta la fecha que ha tenido este grupo de
población para acceder a la vacunación a diferencia del resto de los grupos etarios.
En Andalucía, después de la quinta ola de la enfermedad, con un pico de máxima
incidencia en la semana epidemiológica 30 (del 25 al 31 julio de 2021) con una incidencia
de 694,4 casos diagnosticados en 14 días por 100.000 habitantes, de intensidad
moderada en relación a las olas anteriores, se ha producido un descenso continuo de
la incidencia hasta el día 13 de octubre de 2021 (semana 41) con una incidencia de 31,7
casos diagnosticados en 14 días por 100.000 habitantes. A partir de dicha fecha se está
produciendo un ascenso lento, pero continuado de la incidencia hasta una incidencia
de 150,55 casos diagnosticados en 14 días por 100.000 habitantes, lo que supone una
mayor posibilidad de nuevas transmisiones.
Igualmente es de resaltar que los tramos etarios de 30 a 39 años y de 40 a 49 superan
la tasa media de incidencia en Andalucía, siendo actualmente los dos tramos etarios con
mayor tasa de incidencia a 14 días, únicamente por debajo del tramo etario no vacunado
(de 0 a 12 años) y que han casi triplicado su tasa en una semana.
Por ello es necesario y oportuno adoptar medidas de escala significativa y progresiva,
que permitan mitigar la transmisión del coronavirus en este momento epidemiológico con
tendencia ascendente en aquellos escenarios que presentan un riesgo comparativamente
mayor de transmisión como son los establecimientos con actividad de hostelería u ocio
nocturno, es decir, salas de fiesta, discotecas y similares, lugares en que es necesario
quitarse la mascarilla para realizar la consumición y donde las personas socializan e
interactúan en un mayor nivel que en cualquier otro espacio.
La disminución de la transmisión de la COVID-19 en la población conforme aumenta la
cobertura vacunal es algo que ha quedado constatado durante este año 2021 en nuestra
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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