Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/241-2)
Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
<< 50 << Página 50
Página 51 Pág. 51
-
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021

página 20007/51

Disposición adicional segunda. Convocatoria 2021.
1. El plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones convocadas en este
decreto-ley será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto
en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo normalizado para cada una
de las líneas de subvenciones, que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía con el extracto de la convocatoria, y estarán disponible en la Ventanilla
Electrónica Servicio Andaluz de Empleo, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/ a excepción de la línea 6 regulada en la
Sección 2.ª del Capítulo V del Título I, que se cumplimentarán en el modelo normalizado
que estará disponible a través del catálogo de procedimientos administrativo en
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios
procedimientos.html
3. La presente convocatoria estará abierta durante el plazo establecido para la
presentación de las solicitudes respecto de cada una de las lineas de subvenciones. En
el supuesto que antes de finalizar el citado plazo se agotase el crédito establecido en el
artículo 3 del presente decreto-ley, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía
una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al plazo de
presentación de solicitudes de la línea de subvención afectada por el agotamiento del crédito.
Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el
que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en
materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia
en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por
el coronavirus (COVID-19).
El Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias
y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo
y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como
consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), se modifica en
los siguientes términos:
Único. Se adiciona un párrafo in fine al apartado 3 del artículo 2, que queda redactado
como sigue:
«Esta medida, será de aplicación a todas las solicitudes presentadas en el marco de
la Resolución de 29 de junio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de
Empleo, por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no
competitiva, de la Iniciativa de Bono Empleo, regulada en la Orden de 6 de mayo de 2018,
y mantendrá su vigencia hasta la finalización de los procedimientos de concesión y pago
derivados de la tramitación de esta Convocatoria.»
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de diciembre de 2021

Presidente de la Junta de Andalucía

ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Formación
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252278

JUAN MANUEL MORENO BONILLA