Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/241-2)
Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para Andalucía.
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Número 241 - Viernes, 17 de diciembre de 2021
página 20007/2
en la Unión Europea, para ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias
no reembolsables. El 70% de las transferencias no reembolsables del MRR deben ser
comprometidas en 2021 y 2022. El 30% restante se comprometerá a finales de 2023 y la
ejecución será hasta 2026.
Este Instrumento Europeo de Recuperación, regulado en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, implicará para España unos 140.000 millones
de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2026. Se basa
en tres pilares: la adopción de instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados
miembros por recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis; la adopción
de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en dificultades;
y el refuerzo de los programas clave de la Unión Europea para extraer las enseñanzas
de la crisis, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente y acelerar la doble
transición ecológica y digital.
España presentó su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a la
Comisión el 30 de abril de 2021 y fue aprobado definitivamente en julio, y supone, tal
como recoge el propio PRTR, la puesta en marcha de inversiones, transformaciones
y reformas estructurales dirigidas a la transición hacia una economía y sociedad
climáticamente neutras, sostenibles, circulares, respetuosas con los límites impuestos
por el medio natural, y eficientes en el uso de recursos.
Para dar cumplimiento a estos objetivos, el Ministerio de Trabajo y Economía Social
dicta diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las bases reguladoras
de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que se configuran como normativa básica en esta materia, y que por
tanto, deberán ser tenidas en cuenta en las gestión de sus propios programas por las
comunidades autónomas. si bien se prevé que puedan ser adaptadas a las peculiaridades
organizativas propias de cada administración.
Entre las normas publicadas toma especial relevancia la Orden TES/897/2021, de
19 de agosto 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias
asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de
Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que viene a establecer los criterios objetivos de la distribución territorial
para el ejercicio económico 2021, y regula las condiciones de gestión de los créditos que
deberán asumir las comunidades autónomas.
En el Anexo III de dicha orden se recoge el conjunto de hitos y objetivos que deberá
alcanzar la comunidad Autónoma de Andalucía en el ejercicio 2021. Para el cumplimiento
de los mismos, resulta necesario la publicación del instrumento jurídico que articule las
medidas y las convocatorias subvenciones.
De acuerdo con los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la Orden TES/897/2021, de 19
de agosto 2021, al tratarse de fondos afectados al cumplimiento de una finalidad, en caso
de no realizarse el gasto, o en el supuesto de no cumplir los hitos y objetivos previstos,
las comunidades autónomas deberán reintegrar los fondos recibidos al Servicio Público
de Empleo Estatal de manera total o parcial, en cada caso.
Es por ello que el presente el decreto-ley tenga por objeto regular y convocar los
programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para su implantación
en Andalucía y garantizar con ello, la transferencia y aplicación de los fondos europeos
del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, de acuerdo con lo dispuesto en la
Orden TES/897/2021, de 19 de agosto.
Sin embargo, no es hasta el 19 de noviembre de 2021, cuando culmina la publicación
de las distintas bases estatales, tras la publicación en el BOE de la Orden TES/1267/2021,
de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252278
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20007/2
en la Unión Europea, para ello, puede conceder préstamos o realizar transferencias
no reembolsables. El 70% de las transferencias no reembolsables del MRR deben ser
comprometidas en 2021 y 2022. El 30% restante se comprometerá a finales de 2023 y la
ejecución será hasta 2026.
Este Instrumento Europeo de Recuperación, regulado en el Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, implicará para España unos 140.000 millones
de euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2026. Se basa
en tres pilares: la adopción de instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados
miembros por recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis; la adopción
de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en dificultades;
y el refuerzo de los programas clave de la Unión Europea para extraer las enseñanzas
de la crisis, hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente y acelerar la doble
transición ecológica y digital.
España presentó su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a la
Comisión el 30 de abril de 2021 y fue aprobado definitivamente en julio, y supone, tal
como recoge el propio PRTR, la puesta en marcha de inversiones, transformaciones
y reformas estructurales dirigidas a la transición hacia una economía y sociedad
climáticamente neutras, sostenibles, circulares, respetuosas con los límites impuestos
por el medio natural, y eficientes en el uso de recursos.
Para dar cumplimiento a estos objetivos, el Ministerio de Trabajo y Economía Social
dicta diferentes órdenes para la gestión y el establecimiento de las bases reguladoras
de los distintos programas enmarcados en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que se configuran como normativa básica en esta materia, y que por
tanto, deberán ser tenidas en cuenta en las gestión de sus propios programas por las
comunidades autónomas. si bien se prevé que puedan ser adaptadas a las peculiaridades
organizativas propias de cada administración.
Entre las normas publicadas toma especial relevancia la Orden TES/897/2021, de
19 de agosto 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias
asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión «Plan Nacional de
Competencias Digitales» y «Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo
dinámico, resiliente e inclusivo» recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que viene a establecer los criterios objetivos de la distribución territorial
para el ejercicio económico 2021, y regula las condiciones de gestión de los créditos que
deberán asumir las comunidades autónomas.
En el Anexo III de dicha orden se recoge el conjunto de hitos y objetivos que deberá
alcanzar la comunidad Autónoma de Andalucía en el ejercicio 2021. Para el cumplimiento
de los mismos, resulta necesario la publicación del instrumento jurídico que articule las
medidas y las convocatorias subvenciones.
De acuerdo con los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la Orden TES/897/2021, de 19
de agosto 2021, al tratarse de fondos afectados al cumplimiento de una finalidad, en caso
de no realizarse el gasto, o en el supuesto de no cumplir los hitos y objetivos previstos,
las comunidades autónomas deberán reintegrar los fondos recibidos al Servicio Público
de Empleo Estatal de manera total o parcial, en cada caso.
Es por ello que el presente el decreto-ley tenga por objeto regular y convocar los
programas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para su implantación
en Andalucía y garantizar con ello, la transferencia y aplicación de los fondos europeos
del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, de acuerdo con lo dispuesto en la
Orden TES/897/2021, de 19 de agosto.
Sin embargo, no es hasta el 19 de noviembre de 2021, cuando culmina la publicación
de las distintas bases estatales, tras la publicación en el BOE de la Orden TES/1267/2021,
de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252278
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía