Disposiciones generales. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/240-9)
Resolución de 2 de diciembre 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes al año 2021, destinadas a la captación de talento investigador (Programa Emergia).
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19879/13
adquieren la condición de seleccionadas. Las personas en situación de reserva que no
sean incluidas en ninguna resolución de personas en situación de reserva que adquieren
la condición de seleccionadas no podrán alegar ningún derecho posterior.
3. Los acuerdos firmados por las entidades solicitantes y las personas seleccionadas
no podrán sobrepasar el número máximo de contratos solicitados por áreas científicotécnicas por dichas entidades ni lo que resulte de la distribución del número de contratos
por cada una de las áreas. No obstante, en caso de agotarse la relación de candidatos
seleccionados y reservas en alguna de las áreas científico-técnica, se podrá ofrecer
la posibilidad de acordar su incorporación con alguna de las entidades elegibles a los
candidatos reservas con mayor puntuación del resto de áreas.
4. El órgano instructor, en el caso anterior y en otros casos excepcionales, podrá
establecer un plazo de 5 días hábiles para que la persona interesada pueda formalizar un
nuevo acuerdo de incorporación con otra entidad solicitante.
Decimonoveno. Propuesta definitiva y resolución de concesión.
1. Tras la valoración de las alegaciones presentadas, en su caso, el órgano instructor
dictará propuesta definitiva de entidades beneficiarias de las ayudas.
2. La resolución de concesión de las ayudas será dictada por el órgano competente
con el siguiente contenido mínimo:
a) La indicación de las entidades beneficiarias y personas seleccionadas de las
ayudas concedidas, y del plazo de ejecución, con expresión del inicio del cómputo del
mismo.
b) La cuantía de la subvención, la partida presupuestaria del gasto y, en su caso, su
distribución plurianual.
c) La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos para su abono.
d) Las condiciones que, en su caso, se impongan a las personas y entidades
beneficiarias.
e) El plazo y la forma de justificación por parte de las personas o entidades
beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención.
f) La indicación, en su caso, de que han sido desestimadas el resto de las solicitudes.
3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado
y publicado la resolución expresa, legitima a las personas o entidades interesadas
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención. El citado plazo se podrá suspender por un máximo de dos meses, en tanto
se efectúe la correspondiente evaluación por parte de la DEVA.
4. De conformidad con lo establecido en el apartado 17 del cuadro resumen de
la orden reguladora se requerirá a la entidad beneficiaria la aceptación expresa de la
subvención, que deberá producirse dentro del plazo de los quince días siguientes a la
publicación de la resolución de concesión. Si así no lo hiciese, la resolución dictada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252175
Decimoctavo. Aceptación de la ayuda y trámite de audiencia.
Tras la publicación de la propuesta provisional de resolución de concesión de las
ayudas, se concederá un plazo de 10 días hábiles para que las entidades beneficiarias
presenten el formulario (Anexo II) a través del cual podrán:
a) Alegar lo que estimen pertinente y/o presentar la documentación requerida
b) Comunicar el desistimiento o
c) Comunicar la aceptación de la ayuda propuesta. En el caso de que se conceda un
importe inferior al presupuesto solicitado por el investigador seleccionado, la aceptación
de la subvención propuesta supondrá el compromiso por parte de las entidades
beneficiarias de realización de los objetivos científicos planteados en la propuesta de
investigación presentada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19879/13
adquieren la condición de seleccionadas. Las personas en situación de reserva que no
sean incluidas en ninguna resolución de personas en situación de reserva que adquieren
la condición de seleccionadas no podrán alegar ningún derecho posterior.
3. Los acuerdos firmados por las entidades solicitantes y las personas seleccionadas
no podrán sobrepasar el número máximo de contratos solicitados por áreas científicotécnicas por dichas entidades ni lo que resulte de la distribución del número de contratos
por cada una de las áreas. No obstante, en caso de agotarse la relación de candidatos
seleccionados y reservas en alguna de las áreas científico-técnica, se podrá ofrecer
la posibilidad de acordar su incorporación con alguna de las entidades elegibles a los
candidatos reservas con mayor puntuación del resto de áreas.
4. El órgano instructor, en el caso anterior y en otros casos excepcionales, podrá
establecer un plazo de 5 días hábiles para que la persona interesada pueda formalizar un
nuevo acuerdo de incorporación con otra entidad solicitante.
Decimonoveno. Propuesta definitiva y resolución de concesión.
1. Tras la valoración de las alegaciones presentadas, en su caso, el órgano instructor
dictará propuesta definitiva de entidades beneficiarias de las ayudas.
2. La resolución de concesión de las ayudas será dictada por el órgano competente
con el siguiente contenido mínimo:
a) La indicación de las entidades beneficiarias y personas seleccionadas de las
ayudas concedidas, y del plazo de ejecución, con expresión del inicio del cómputo del
mismo.
b) La cuantía de la subvención, la partida presupuestaria del gasto y, en su caso, su
distribución plurianual.
c) La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos para su abono.
d) Las condiciones que, en su caso, se impongan a las personas y entidades
beneficiarias.
e) El plazo y la forma de justificación por parte de las personas o entidades
beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención.
f) La indicación, en su caso, de que han sido desestimadas el resto de las solicitudes.
3. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de
seis meses y se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la
presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado
y publicado la resolución expresa, legitima a las personas o entidades interesadas
para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la
subvención. El citado plazo se podrá suspender por un máximo de dos meses, en tanto
se efectúe la correspondiente evaluación por parte de la DEVA.
4. De conformidad con lo establecido en el apartado 17 del cuadro resumen de
la orden reguladora se requerirá a la entidad beneficiaria la aceptación expresa de la
subvención, que deberá producirse dentro del plazo de los quince días siguientes a la
publicación de la resolución de concesión. Si así no lo hiciese, la resolución dictada
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252175
Decimoctavo. Aceptación de la ayuda y trámite de audiencia.
Tras la publicación de la propuesta provisional de resolución de concesión de las
ayudas, se concederá un plazo de 10 días hábiles para que las entidades beneficiarias
presenten el formulario (Anexo II) a través del cual podrán:
a) Alegar lo que estimen pertinente y/o presentar la documentación requerida
b) Comunicar el desistimiento o
c) Comunicar la aceptación de la ayuda propuesta. En el caso de que se conceda un
importe inferior al presupuesto solicitado por el investigador seleccionado, la aceptación
de la subvención propuesta supondrá el compromiso por parte de las entidades
beneficiarias de realización de los objetivos científicos planteados en la propuesta de
investigación presentada.