3. Otras disposiciones. Universidades. (2021/240-46)
Resolución de 10 de diciembre de 2021, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Presupuesto para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021

página 19827/29

Andalucía, una deuda a favor de un tercero como consecuencia del cumplimiento
por parte de éste de la prestación a la que se hubiese comprometido.
2. El órgano competente es el Rector, sin perjuicio de la delegación de competencias
que se estime.
3. El reconocimiento de la obligación se efectuará una vez que sea recibida la factura
y/o justificantes que prueben la recepción de los bienes, la prestación del servicio o
el derecho del acreedor con todos los requisitos legales que correspondan al gasto
autorizado. Las facturas deberán presentarse ante un Registro Administrativo según
lo estipulado en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura
electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
4. Las facturas y demás documentos justificativos habrán de ser conformados por los
órganos competentes de la comprobación de la realización del servicio o la entrega
del bien de acuerdo a lo establecido.
Artículo 31.

Ordenación del pago.

1. Es el acto por el cual se acuerda que se hagan efectivos los créditos
comprometidos.
2. Previamente a la expedición de la ordenación de pago habrá de acreditarse la
prestación del servicio o el derecho del acreedor.
3. El órgano competente es el Rector, sin perjuicio de la delegación de competencias
que se estime.
Artículo 32.

Ejecución material del pago.

1. Con la excepción de los pagos de retribuciones, los pagos a justificar y aquellos en
los que exista una pluralidad de perceptores, las órdenes de pago se expedirán a
favor del acreedor directo.
2. La ejecución del pago se realizará mediante
excepcionalmente, se utilizará el cheque nominativo.

transferencia

bancaria

y,

3. La ejecución del pago a través de pagos a justificar o anticipos de caja fija, se
regirán por su regulación específica, definida en el artículo siguiente.
4. Los perceptores deberán acreditar su personalidad o la representación que
ostenten y firmar el correspondiente recibí, excepto en las transferencias en que el
pago material se acreditará con el justificante bancario.
Artículo 33.

Anticipos de caja fija.

1. En el ejercicio 2022 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
 Sede Santa María de La Rábida
 Sede Antonio Machado de Baeza
00252080

 Sede Tecnológica de Málaga
 Rectorado

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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