Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/240-5)
Orden de 3 de diciembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de medidas de apoyo urgentes para proyectos de implantación y/o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de Apoyo a la Implementación de la Normativa de Residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU, (línea 1, sublínea 1.1), y se efectúa su convocatoria en el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021

página 19878/15

Artículo 13. Documentación que se presentará con la solicitud
Las entidades solicitantes deben adjuntar a la solicitud cumplimentada de conformidad
con el formulario normalizado según el artículo 12 de las presentes bases firmado por el
representante legal de la entidad solicitante, la documentación administrativa y técnica
que se relaciona a continuación.
1. Documentación administrativa.
a) Certificado, de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría de la
entidad solicitante, u otra documentación acreditativa, relativa a la ostentación de las
competencias en materia de recogida de residuos municipales.
b) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
c) Las entidades solicitantes deberán aportar certificado, acuerdo o documentos
correspondientes del órgano competente en el que se indique que existe consignación
presupuestaria para la ejecución del proyecto, o en su defecto, que se compromete a
consignar en el presupuesto de la entidad solicitante la totalidad del gasto objeto de la
inversión del proyecto.
d) Documento donde las entidades solicitantes se comprometen a conceder los
derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal
de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes,
ejerzan sus competencias.
e) Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00252141

4. Los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud,
conforme al modelo antes indicado, y demás que se adjunten serán incorporados al
Registro de Actividades de Tratamiento del órgano competente. Asimismo, la recogida
y tratamiento de dichos datos tendrá como finalidad gestionar el proceso de solicitud,
concesión y pago de las subvenciones otorgadas. El tratamiento de los citados datos se
regirá por el Reglamento (UE) núm. 679/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
5. Por otra parte, se procederá al registro de dichos datos en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (BDNS) conforme a lo previsto en el Real Decreto 130/2019,
de 8 de marzo, así como la posibilidad de acceso a la información contenida al Registro
de Titularidades Reales, o el acceso a otras bases de datos de la Administración que
puedan suministrar dichos datos sobre titulares reales, y la cesión de información entre
estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos conforme a la normativa europea y
nacional aplicable.
6. La presentación de esta solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para
recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por
la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de
Hacienda de la Junta de Andalucía, que sean requeridas por las Bases Reguladoras, de
acuerdo con el artículo 120.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.