Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/240-1)
Orden de 2 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19817/9
(Página 4 de 12)
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
La solicitud se dirigirá a la persona titular de la Dirección
General competente en materia de planificación, instalaciones y
eventos deportivos.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica la misma url del apartado 10.a)
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
la misma url del apartado 10.a)
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
En el registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
El extracto de la convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: La persona titular del Servicio competente en materia de gestión de inversiones
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones: Tras el análisis de la documentación y las alegaciones presentadas en el Anexo II, por
parte del órgano instructor se podrá proponer un periodo para que la entidad o persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252070
de la Dirección General competente en materia de planificación, instalaciones y eventos deportivos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19817/9
(Página 4 de 12)
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a). Posibilidad de subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo:
No.
9.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la subcontratación:
Ninguna.
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 8 del Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente
documentación:
10.- Solicitudes y escritos (Artículos 8, 10, 11, 13, 14, 17 y 23).
10.a). Obtención del formulario:
En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
En la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
En las sedes de los siguientes órganos:
En los siguientes lugares:
10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:
La solicitud se dirigirá a la persona titular de la Dirección
General competente en materia de planificación, instalaciones y
eventos deportivos.
10.c) Las solicitudes se podrán presentar, además de en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la dirección electrónica la misma url del apartado 10.a)
,
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros
electrónicos:
la misma url del apartado 10.a)
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado, presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y
registros:
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes sistemas de firma electrónica:
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para dictar la resolución expresa y
notificarla.
En el registro electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se publicarán en:
Convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
El extracto de la convocatoria:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: La persona titular del Servicio competente en materia de gestión de inversiones
Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones: Tras el análisis de la documentación y las alegaciones presentadas en el Anexo II, por
parte del órgano instructor se podrá proponer un periodo para que la entidad o persona
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00252070
de la Dirección General competente en materia de planificación, instalaciones y eventos deportivos.