5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/240-103)
Anuncio de 9 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por la que se dispone la publicación del acuerdo que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19819/9
construcción y similares) requerirá resolución favorable previa de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA), conforme a los artículos 30 y 31 del Decreto 584/72 modificado
por el R.D. 297/2013, sobre Servidumbres Aeronáuticas.
En el Ayuntamiento y en su página web están disponibles los planos de Servidumbres
Aeronáuticas referidos al suelo urbano y urbanizable, elaborados por la Dirección General
de Aviación civil.
Programación y gestión:
No se realizan establecen previsiones concretas de programación y gestión. Las
parcelas incluidas en el ámbito que se recalifica que no son propiedad municipal serán
adquiridas a través de los oportunos expedientes de expropiación en el momento en
que se den las condiciones adecuadas para ello, como por ejemplo la necesidad de la
excavación de las mismas por indicios de existencia de restos arqueológicos de carácter
relevante o la solicitud por parte de los propietarios de las parcelas de llevar a cabo la
expropiación de las mismas.
En cualquier caso, se establece un plazo máximo de cuatro años para llevar a cabo
las previsiones recogidas en el documento, computadas a partir de la publicación de la
aprobación definitiva del mismo.
En caso de de inactividad por parte de la Administración los particulares podrán
proceder del modo previsto en el artículo 140.2 LOUA.
00252072
Málaga, 9 de diciembre de 2021.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 240 - Jueves, 16 de diciembre de 2021
página 19819/9
construcción y similares) requerirá resolución favorable previa de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA), conforme a los artículos 30 y 31 del Decreto 584/72 modificado
por el R.D. 297/2013, sobre Servidumbres Aeronáuticas.
En el Ayuntamiento y en su página web están disponibles los planos de Servidumbres
Aeronáuticas referidos al suelo urbano y urbanizable, elaborados por la Dirección General
de Aviación civil.
Programación y gestión:
No se realizan establecen previsiones concretas de programación y gestión. Las
parcelas incluidas en el ámbito que se recalifica que no son propiedad municipal serán
adquiridas a través de los oportunos expedientes de expropiación en el momento en
que se den las condiciones adecuadas para ello, como por ejemplo la necesidad de la
excavación de las mismas por indicios de existencia de restos arqueológicos de carácter
relevante o la solicitud por parte de los propietarios de las parcelas de llevar a cabo la
expropiación de las mismas.
En cualquier caso, se establece un plazo máximo de cuatro años para llevar a cabo
las previsiones recogidas en el documento, computadas a partir de la publicación de la
aprobación definitiva del mismo.
En caso de de inactividad por parte de la Administración los particulares podrán
proceder del modo previsto en el artículo 140.2 LOUA.
00252072
Málaga, 9 de diciembre de 2021.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja