3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2021/239-31)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19148/7
2. OBJETIVO Y ALCANCE
11
Este trabajo ha consistido en realizar una fiscalización de regularidad con el objetivo global de
obtener una seguridad razonable, de una parte, sobre si los estados financieros de la MMCSO en
su conjunto estaban libres de incorrecciones materiales, debidas a fraude o error, que permita
expresar una opinión sobre si se elaboraron, en todos los aspectos materiales, de conformidad
con el marco de información financiera aplicable; y, por otra, sobre si la actividad de la entidad
cumplió con las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimiento aplicables identificadas como marco legal.
12
Ha formado parte del objetivo general del trabajo emitir un informe sobre los estados financieros
de la entidad y sobre la actividad desarrollada, y comunicar los resultados de la auditoría de conformidad con los hallazgos obtenidos por el auditor.
13
En consecuencia, de conformidad con las ISSAI-ES 200 y 400 y las GPF-OCEX, los objetivos generales de la auditoría se han extendido a la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada para alcanzar aquellos fines, mediante la aplicación de procedimientos de auditoría diseñados en función de las áreas fiscalizadas.
14
Desde un punto de vista subjetivo, este trabajo se ha limitado exclusivamente a fiscalizar a la
MMCSO, sin perjuicio de que en su ejecución se hayan podido analizar actividades o servicios
prestados por su sociedad dependiente, ACOSOL, S.A., para valorar la corrección de la actuación
de su entidad matriz.
15
Desde un punto de vista objetivo, en el ámbito financiero se han revisado las Cuenta Anuales de
la MMCSO. Desde la perspectiva de cumplimiento legal, se ha analizado la forma en que la entidad ha ejercido sus competencias y desarrollado sus actividades para verificar su adecuación a
la normativa aplicable.
16
El alcance temporal del trabajo se ha limitado al ejercicio 2018. No obstante, cuando ha sido
necesario, se han desarrollado pruebas y procedimientos de auditoría sobre datos, informaciones o actividades de ejercicios anteriores o posteriores.
17
A la fecha de la planificación del trabajo no constaba que la MMCSO hubiera rendido las cuentas
correspondientes al ejercicio 2018; la entidad no había formado la Cuenta General, aunque sí
había aprobado la liquidación presupuestaria. Según los antecedentes obrantes en la CCA, a
aquella fecha la MMCSO había rendido sus cuentas únicamente hasta el ejercicio 2016, todas
ellas fuera de plazo, salvo la de 2013. Posteriormente, el día 6 de marzo de 2020, durante la
ejecución de este trabajo, la entidad ha rendido las cuentas de los ejercicios 2017 y 2018.
18
Corresponde a la Intervención de la entidad formar la Cuenta General y a la Asamblea su aprobación, acto que no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera
responsabilidad por razón de las mismas. Las Cuentas Anuales de la MMCSO, que forman parte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251398
3. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN EN RELACIÓN CON
LA CUENTA GENERAL Y CON EL CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19148/7
2. OBJETIVO Y ALCANCE
11
Este trabajo ha consistido en realizar una fiscalización de regularidad con el objetivo global de
obtener una seguridad razonable, de una parte, sobre si los estados financieros de la MMCSO en
su conjunto estaban libres de incorrecciones materiales, debidas a fraude o error, que permita
expresar una opinión sobre si se elaboraron, en todos los aspectos materiales, de conformidad
con el marco de información financiera aplicable; y, por otra, sobre si la actividad de la entidad
cumplió con las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimiento aplicables identificadas como marco legal.
12
Ha formado parte del objetivo general del trabajo emitir un informe sobre los estados financieros
de la entidad y sobre la actividad desarrollada, y comunicar los resultados de la auditoría de conformidad con los hallazgos obtenidos por el auditor.
13
En consecuencia, de conformidad con las ISSAI-ES 200 y 400 y las GPF-OCEX, los objetivos generales de la auditoría se han extendido a la obtención de evidencia de auditoría suficiente y adecuada para alcanzar aquellos fines, mediante la aplicación de procedimientos de auditoría diseñados en función de las áreas fiscalizadas.
14
Desde un punto de vista subjetivo, este trabajo se ha limitado exclusivamente a fiscalizar a la
MMCSO, sin perjuicio de que en su ejecución se hayan podido analizar actividades o servicios
prestados por su sociedad dependiente, ACOSOL, S.A., para valorar la corrección de la actuación
de su entidad matriz.
15
Desde un punto de vista objetivo, en el ámbito financiero se han revisado las Cuenta Anuales de
la MMCSO. Desde la perspectiva de cumplimiento legal, se ha analizado la forma en que la entidad ha ejercido sus competencias y desarrollado sus actividades para verificar su adecuación a
la normativa aplicable.
16
El alcance temporal del trabajo se ha limitado al ejercicio 2018. No obstante, cuando ha sido
necesario, se han desarrollado pruebas y procedimientos de auditoría sobre datos, informaciones o actividades de ejercicios anteriores o posteriores.
17
A la fecha de la planificación del trabajo no constaba que la MMCSO hubiera rendido las cuentas
correspondientes al ejercicio 2018; la entidad no había formado la Cuenta General, aunque sí
había aprobado la liquidación presupuestaria. Según los antecedentes obrantes en la CCA, a
aquella fecha la MMCSO había rendido sus cuentas únicamente hasta el ejercicio 2016, todas
ellas fuera de plazo, salvo la de 2013. Posteriormente, el día 6 de marzo de 2020, durante la
ejecución de este trabajo, la entidad ha rendido las cuentas de los ejercicios 2017 y 2018.
18
Corresponde a la Intervención de la entidad formar la Cuenta General y a la Asamblea su aprobación, acto que no requiere la conformidad con las actuaciones reflejadas en ella, ni genera
responsabilidad por razón de las mismas. Las Cuentas Anuales de la MMCSO, que forman parte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251398
3. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN EN RELACIÓN CON
LA CUENTA GENERAL Y CON EL CUMPLIMIENTO DE LEGALIDAD