3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2021/239-31)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
A6.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19148/44
Únicamente estaban cubiertos 18 de los 25 puestos reservados a funcionarios que se contemplaban en la RPT; estaban vacantes los 7 puestos restantes de funcionarios, las plazas de eventuales y, lógicamente, los 116 puestos que correspondían a funcionarios en situación de comisión
de servicios en ACOSOL, S.A. En sentido similar, 2 de los 4 puestos de personal laboral contemplados en la RPT también estaban vacantes (§ A2). Los puestos no cubiertos se relacionan en el
cuadro nº 26.
Puestos de RPT no cubiertos
Nº
Laborales. Puestos RPT vacantes
Nº
Archivero
1
Ingeniero Técnico Industrial
1
Ingeniero Industrial
1
Agente de Desarrollo Local
1
Aparejador
1
T.E.P.O.61
2
Delineante
1
Encargado servicios externos
1
Subtotal
2
Subtotal
Funcionarios en comisión de servicios
Personal eventual
Total
Fuente: Elaboración propia
7
116
19
142
Total
2
Cuadro nº 26
A7.
El artículo 18.2 de la LPGE estableció que las retribuciones del personal al servicio del sector
público no podrían experimentar un incremento global superior al 1,5 por ciento respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2017, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la
comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
A8.
También determinó que si el PIB alcanzaba el 3,1% se añadiría un incremento del 0,25% con
efectos de 1 de julio de 2018; y finalmente, preveía otro incremento adicional del 0,2% de la
masa salarial, o del 0,3% para las entidades que presentaran superávit presupuestario en 2017,
para la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o eficiencia, revisión
del complemento específico, homologación del de destino o para la aportación a planes de pensiones. Por lo tanto, para 2018 el aumento retributivo máximo permitido por la LPGE fue del
1,625%, límite al que quedaban sujetos las entidades integrantes del sector público local.
A9.
Para el personal laboral se establecieron estos mismos incrementos y se especificaba que en la
masa salarial computable a estos efectos se habrían de considerar las percepciones salariales, las
extrasalariales y los gastos de acción social. Además, los gastos de acción social no podrían experimentar ningún incremento retributivo respecto del ejercicio 2017.
A10.
Estos topes retributivos operan durante todo el ciclo presupuestario, desde la aprobación de los
presupuestos hasta su ejecución; no obstante, dado que LPGE se aprobó a mediados del ejercicio,
en el de 2018 no pudieron ser considerados en la fase de su elaboración y aprobación, sino únicamente en la ejecución presupuestaria, a partir de su entrada en vigor, y en su liquidación (§ 72).
61
Plazas amortizadas según el anexo de personal de 2018, pero que permanecían contempladas en la RPT.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251398
Funcionarios. Puestos RPT vacantes
A6.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19148/44
Únicamente estaban cubiertos 18 de los 25 puestos reservados a funcionarios que se contemplaban en la RPT; estaban vacantes los 7 puestos restantes de funcionarios, las plazas de eventuales y, lógicamente, los 116 puestos que correspondían a funcionarios en situación de comisión
de servicios en ACOSOL, S.A. En sentido similar, 2 de los 4 puestos de personal laboral contemplados en la RPT también estaban vacantes (§ A2). Los puestos no cubiertos se relacionan en el
cuadro nº 26.
Puestos de RPT no cubiertos
Nº
Laborales. Puestos RPT vacantes
Nº
Archivero
1
Ingeniero Técnico Industrial
1
Ingeniero Industrial
1
Agente de Desarrollo Local
1
Aparejador
1
T.E.P.O.61
2
Delineante
1
Encargado servicios externos
1
Subtotal
2
Subtotal
Funcionarios en comisión de servicios
Personal eventual
Total
Fuente: Elaboración propia
7
116
19
142
Total
2
Cuadro nº 26
A7.
El artículo 18.2 de la LPGE estableció que las retribuciones del personal al servicio del sector
público no podrían experimentar un incremento global superior al 1,5 por ciento respecto a las
vigentes a 31 de diciembre de 2017, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la
comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.
A8.
También determinó que si el PIB alcanzaba el 3,1% se añadiría un incremento del 0,25% con
efectos de 1 de julio de 2018; y finalmente, preveía otro incremento adicional del 0,2% de la
masa salarial, o del 0,3% para las entidades que presentaran superávit presupuestario en 2017,
para la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o eficiencia, revisión
del complemento específico, homologación del de destino o para la aportación a planes de pensiones. Por lo tanto, para 2018 el aumento retributivo máximo permitido por la LPGE fue del
1,625%, límite al que quedaban sujetos las entidades integrantes del sector público local.
A9.
Para el personal laboral se establecieron estos mismos incrementos y se especificaba que en la
masa salarial computable a estos efectos se habrían de considerar las percepciones salariales, las
extrasalariales y los gastos de acción social. Además, los gastos de acción social no podrían experimentar ningún incremento retributivo respecto del ejercicio 2017.
A10.
Estos topes retributivos operan durante todo el ciclo presupuestario, desde la aprobación de los
presupuestos hasta su ejecución; no obstante, dado que LPGE se aprobó a mediados del ejercicio,
en el de 2018 no pudieron ser considerados en la fase de su elaboración y aprobación, sino únicamente en la ejecución presupuestaria, a partir de su entrada en vigor, y en su liquidación (§ 72).
61
Plazas amortizadas según el anexo de personal de 2018, pero que permanecían contempladas en la RPT.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251398
Funcionarios. Puestos RPT vacantes