3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2021/239-31)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19148/20
puestos de trabajo, proceso que exige un análisis más o menos detallado, estructurado y sistemático de las características y funciones inherentes a los mismos, no ha quedado acreditado que
la fijación en la RPT del nivel del puesto de trabajo, que predetermina el importe correspondiente
de complemento de destino, se haya realizado considerando los criterios establecidos en el artículo 3.2 RD 861/1986.
69
Por causa de estos incumplimientos legales, la aprobación de la RPT podría estar incursa en causa
de nulidad12. En caso de que así se declarara, las condiciones de los puestos de trabajo allí establecidas quedarían sin suficiente cobertura legal, afectando a cuestiones esenciales y de índole
diversa, desde los sistemas establecidos para su cobertura hasta los requisitos de titulación exigidos. Esta falta de soporte legal también afectaría a los derechos económicos reconocidos a los
empleados públicos, derivados de las retribuciones complementarias allí reguladas (complemento específico y de destino).
70
La MMCSO mantenía entre su personal a 8 efectivos, 5 funcionarios y 3 laborales, que no tenían
la cobertura de un puesto en la RPT, según el detalle que se recoge el cuadro nº 14. No deben
existir plazas en plantilla, de carácter estructural, sin que existan los correspondientes puestos
de trabajo; la plantilla presupuestaria no es el instrumento idóneo para crearlos ni para fijar retribuciones, ya que éstas son determinaciones propias de la RPT13.
Efectivos 2018 sin puestos en la RPT
Funcionarios. Efectivos 2018 sin puesto en RPT
Laborales. Efectivos 2018 sin puesto en RPT
Nº
Técnico Gestión Presupuestaria y económica
1
Administrativo
1
Programador operador (informático)
1
Ordenanza
1
Técnico Auxiliar Informática
1
Jefe de Prensa
1
Técnico de Medio Ambiente
2
Total
5
Total
3
Fuente: Elaboración propia
71
Nº
Cuadro nº 14
Durante el ejercicio, los funcionarios han percibido, de forma estable y con una periodicidad
mensual, un importe anual global de 27.253,50 € en concepto de plus de transporte. Esta retribución no está contemplada entre las previstas en el artículo 23 LRMFP, y, por lo tanto, su percepción resulta improcedente. Las retribuciones de los funcionarios están sometidas al dictado
de la ley, de forma que sólo pueden ser retribuidos por los conceptos establecidos legalmente.
El plus de transporte no está previsto entre estos, de modo que, para su percepción, sólo cabría
reconducirlo a través del complemento específico14.
La RPT tiene naturaleza de acto administrativo (STS de 5 de febrero de 2014). La jurisprudencia entiende que la ausencia de la
negociación de la RPT es causa de nulidad de pleno derecho (STS de 20 de mayo de 2009). Dado que la RPT de la MMCSO ha adquirido
firmeza, pues se aprobó en el año 2000, conforme establece el artículo 106 de la Ley 39/2015 se debe proceder a declarar de oficio
su nulidad, por iniciativa propia o a solicitud del interesado, y previo dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía (STS de
2 de julio de 2020). No obstante, en este caso hay que tener en cuenta los límites a la revisión de oficio establecidos en el artículo
110 de la Ley 39/2015.
13 STSJ de Castilla y León (Burgos) nº 466/2010, de 8 de noviembre, entre otras.
14 STSJ de Madrid nº 172/2005, de 9 de febrero (F.J. 2º).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251398
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
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puestos de trabajo, proceso que exige un análisis más o menos detallado, estructurado y sistemático de las características y funciones inherentes a los mismos, no ha quedado acreditado que
la fijación en la RPT del nivel del puesto de trabajo, que predetermina el importe correspondiente
de complemento de destino, se haya realizado considerando los criterios establecidos en el artículo 3.2 RD 861/1986.
69
Por causa de estos incumplimientos legales, la aprobación de la RPT podría estar incursa en causa
de nulidad12. En caso de que así se declarara, las condiciones de los puestos de trabajo allí establecidas quedarían sin suficiente cobertura legal, afectando a cuestiones esenciales y de índole
diversa, desde los sistemas establecidos para su cobertura hasta los requisitos de titulación exigidos. Esta falta de soporte legal también afectaría a los derechos económicos reconocidos a los
empleados públicos, derivados de las retribuciones complementarias allí reguladas (complemento específico y de destino).
70
La MMCSO mantenía entre su personal a 8 efectivos, 5 funcionarios y 3 laborales, que no tenían
la cobertura de un puesto en la RPT, según el detalle que se recoge el cuadro nº 14. No deben
existir plazas en plantilla, de carácter estructural, sin que existan los correspondientes puestos
de trabajo; la plantilla presupuestaria no es el instrumento idóneo para crearlos ni para fijar retribuciones, ya que éstas son determinaciones propias de la RPT13.
Efectivos 2018 sin puestos en la RPT
Funcionarios. Efectivos 2018 sin puesto en RPT
Laborales. Efectivos 2018 sin puesto en RPT
Nº
Técnico Gestión Presupuestaria y económica
1
Administrativo
1
Programador operador (informático)
1
Ordenanza
1
Técnico Auxiliar Informática
1
Jefe de Prensa
1
Técnico de Medio Ambiente
2
Total
5
Total
3
Fuente: Elaboración propia
71
Nº
Cuadro nº 14
Durante el ejercicio, los funcionarios han percibido, de forma estable y con una periodicidad
mensual, un importe anual global de 27.253,50 € en concepto de plus de transporte. Esta retribución no está contemplada entre las previstas en el artículo 23 LRMFP, y, por lo tanto, su percepción resulta improcedente. Las retribuciones de los funcionarios están sometidas al dictado
de la ley, de forma que sólo pueden ser retribuidos por los conceptos establecidos legalmente.
El plus de transporte no está previsto entre estos, de modo que, para su percepción, sólo cabría
reconducirlo a través del complemento específico14.
La RPT tiene naturaleza de acto administrativo (STS de 5 de febrero de 2014). La jurisprudencia entiende que la ausencia de la
negociación de la RPT es causa de nulidad de pleno derecho (STS de 20 de mayo de 2009). Dado que la RPT de la MMCSO ha adquirido
firmeza, pues se aprobó en el año 2000, conforme establece el artículo 106 de la Ley 39/2015 se debe proceder a declarar de oficio
su nulidad, por iniciativa propia o a solicitud del interesado, y previo dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía (STS de
2 de julio de 2020). No obstante, en este caso hay que tener en cuenta los límites a la revisión de oficio establecidos en el artículo
110 de la Ley 39/2015.
13 STSJ de Castilla y León (Burgos) nº 466/2010, de 8 de noviembre, entre otras.
14 STSJ de Madrid nº 172/2005, de 9 de febrero (F.J. 2º).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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