Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2021/239-14)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Traductor-Intérprete (2430), correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2017 y del año 2019 para la estabilización del empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19463/4
Cuarta. Tasas.
1. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996,
de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda
Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica
a Entidades de Derecho Público, quienes deseen participar deberán hacer efectiva una
tasa de inscripción en la cuantía de 29,49 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la
presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá de acreditación de su correcta presentación.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias
adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo
en el apartado «observaciones» de la solicitud, adjuntando para ello dictamen técnico
facultativo en el que fundamenten la adaptación que proceda en su caso.
3. Todas las personas aspirantes deberán consignar en el espacio correspondiente de
la solicitud de participación los idiomas por los que optan entre las siguientes opciones:
- Árabe e inglés.
- Árabe y francés.
- Inglés y francés.
- Alemán e inglés.
4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
b) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de
los ejercicios.
En los casos en los que los documentos relacionados en las letras b) y c) deban ser
expedidos por los órganos competentes de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación de la Junta de Andalucía, no resultará necesaria su incorporación, siempre
que la persona aspirante no se oponga a la comprobación de este requisito por el Instituto
Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión de solicitudes. En caso
contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia
en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha documentación deberá ser
inexcusablemente aportada junto con la solicitud de participación.
c) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada en el
supuesto previsto en el apartado segundo de la base cuarta.
En el caso de que el reconocimiento de la condición de persona miembro de familia
numerosa corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, no resultará
necesaria la incorporación del certificado siempre que la persona aspirante no se oponga
a la comprobación de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en
la fase de admisión de solicitudes. En caso contrario o cuando la documentación haya
de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones
Públicas, dicho documento deberá ser inexcusablemente aportado junto con la solicitud
de participación.
d) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma en los términos recogidos en la base cuarta.
5. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante
de la recepción que genera el sistema tras la presentación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19463/4
Cuarta. Tasas.
1. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996,
de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda
Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica
a Entidades de Derecho Público, quienes deseen participar deberán hacer efectiva una
tasa de inscripción en la cuantía de 29,49 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la
presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251713
Una vez realizada la presentación electrónica se generará automáticamente un
justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante
servirá de acreditación de su correcta presentación.
Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias
adaptaciones para la realización del ejercicio de la fase de oposición, manifestándolo
en el apartado «observaciones» de la solicitud, adjuntando para ello dictamen técnico
facultativo en el que fundamenten la adaptación que proceda en su caso.
3. Todas las personas aspirantes deberán consignar en el espacio correspondiente de
la solicitud de participación los idiomas por los que optan entre las siguientes opciones:
- Árabe e inglés.
- Árabe y francés.
- Inglés y francés.
- Alemán e inglés.
4. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
b) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de
los ejercicios.
En los casos en los que los documentos relacionados en las letras b) y c) deban ser
expedidos por los órganos competentes de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación de la Junta de Andalucía, no resultará necesaria su incorporación, siempre
que la persona aspirante no se oponga a la comprobación de este requisito por el Instituto
Andaluz de Administración Pública en la fase de admisión de solicitudes. En caso
contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia
en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha documentación deberá ser
inexcusablemente aportada junto con la solicitud de participación.
c) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada en el
supuesto previsto en el apartado segundo de la base cuarta.
En el caso de que el reconocimiento de la condición de persona miembro de familia
numerosa corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, no resultará
necesaria la incorporación del certificado siempre que la persona aspirante no se oponga
a la comprobación de este requisito por el Instituto Andaluz de Administración Pública en
la fase de admisión de solicitudes. En caso contrario o cuando la documentación haya
de ser expedida por órganos con competencia en la materia de otras Administraciones
Públicas, dicho documento deberá ser inexcusablemente aportado junto con la solicitud
de participación.
d) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma en los términos recogidos en la base cuarta.
5. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud con el justificante
de la recepción que genera el sistema tras la presentación.