5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/239-72)
Anuncio de 3 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Málaga, por el que se dispone la publicación del Acuerdo de 19 de noviembre de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, relativo a la «Modificación del PGOU de Villanueva de Algaidas relativa al sistema de equipamiento E-2».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19710/6
Sexto. Documentación Técnica.
El contenido documental del instrumento de planeamiento, en soporte digital (formato
pdf), es el siguiente:
1. Documento Memoria Modificación Elementos Sistema Equipamiento E-2 del PGOU.
Noviembre de 2019. (CSV: 4FWN7YWH2ZFSNLLJF32RDPP6J) con el siguiente índice:
0. Justificación de la reforma del documento técnico.
1. Antecedentes.
2. Descripción de la innovación propuesta: estado final del E-2.
3. Justificación de la innovación modificación de elementos.
4. Legislación de aplicación a la modificación de elementos.
5. Documentos del PGOU modificados.
2. D
ocumento resumen ejecutivo modificación elementos sistema equipamiento E-2
del PGOU. Noviembre de 2019. (CSV: ACPJFLGQLMQL539XZ4EF4MTG2).
3. Documento estudio económico modificación elementos sistema equipamiento E-2
del PGOU. Noviembre de 2019. (CSV: T9CFSANSZWZH4WKMQMML5ALJ6).
4. Documento planos (CSV: 5YGFS3TC5LTXSH75XHTSJZY3Z).
5. Documento
valoración de impacto en la salud (CSV: 7CCCQRF43M626ET
2DJEPK4SKE).
De conformidad con lo establecido en el artículo 131.5 del R.P. la documentación técnica
se encuentra debidamente diligenciada por la Secretaria del Ayuntamiento mediante
un Certificado-Índice que identifica la documentación que forma parte del expediente
con su Código Seguro de Verificación (CSV) o Huella Digital, firmado en fecha 28
de julio de 2021, en el que se hace constar: Que los documentos en formato digital que se
identifican forman parte integrante del expediente confeccionado para la aprobación de
la «Modificación puntual de elementos del PGOU de Villanueva de Algaidas Sector E-2»
proyecto redactado por D.F.J.P.G., Arquitecto municipal y Aprobado provisionalmente por
Acuerdo de Pleno de 19 de diciembre de 2019.
Asimismo, en el Documento de Valoración de Impacto en la Salud consta la siguiente
diligencia: Para hacer constar que el presente documento forma parte del Expediente
de Modificación Puntual de Normas Subsidiarias Municipales, consistentes en el cambio
de uso del sector E2 de Equipamiento social: Cuartel Guardia Civil a equipamiento
social y comercial que fue aprobado por Acuerdo de Pleno en Sesión Ordinaria de 17 de
septiembre de 2020. Lo que como Secretaria certifico en Villanueva de Algaidas a 21 de
septiembre de 2020.
I. Competencia para resolver.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.2.B.a) y 36.2.c)1.ª de la LOUA,
corresponde a la Consejería competente en materia de Urbanismo la aprobación definitiva
de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, así como sus innovaciones cuando
afecten a la ordenación estructural.
La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio es la
competente en materia de Urbanismo, de acuerdo con el Decreto del Presidente 2/2019,
de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado
por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, y de conformidad con el artículo 12
del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.d) del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración
de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251979
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19710/6
Sexto. Documentación Técnica.
El contenido documental del instrumento de planeamiento, en soporte digital (formato
pdf), es el siguiente:
1. Documento Memoria Modificación Elementos Sistema Equipamiento E-2 del PGOU.
Noviembre de 2019. (CSV: 4FWN7YWH2ZFSNLLJF32RDPP6J) con el siguiente índice:
0. Justificación de la reforma del documento técnico.
1. Antecedentes.
2. Descripción de la innovación propuesta: estado final del E-2.
3. Justificación de la innovación modificación de elementos.
4. Legislación de aplicación a la modificación de elementos.
5. Documentos del PGOU modificados.
2. D
ocumento resumen ejecutivo modificación elementos sistema equipamiento E-2
del PGOU. Noviembre de 2019. (CSV: ACPJFLGQLMQL539XZ4EF4MTG2).
3. Documento estudio económico modificación elementos sistema equipamiento E-2
del PGOU. Noviembre de 2019. (CSV: T9CFSANSZWZH4WKMQMML5ALJ6).
4. Documento planos (CSV: 5YGFS3TC5LTXSH75XHTSJZY3Z).
5. Documento
valoración de impacto en la salud (CSV: 7CCCQRF43M626ET
2DJEPK4SKE).
De conformidad con lo establecido en el artículo 131.5 del R.P. la documentación técnica
se encuentra debidamente diligenciada por la Secretaria del Ayuntamiento mediante
un Certificado-Índice que identifica la documentación que forma parte del expediente
con su Código Seguro de Verificación (CSV) o Huella Digital, firmado en fecha 28
de julio de 2021, en el que se hace constar: Que los documentos en formato digital que se
identifican forman parte integrante del expediente confeccionado para la aprobación de
la «Modificación puntual de elementos del PGOU de Villanueva de Algaidas Sector E-2»
proyecto redactado por D.F.J.P.G., Arquitecto municipal y Aprobado provisionalmente por
Acuerdo de Pleno de 19 de diciembre de 2019.
Asimismo, en el Documento de Valoración de Impacto en la Salud consta la siguiente
diligencia: Para hacer constar que el presente documento forma parte del Expediente
de Modificación Puntual de Normas Subsidiarias Municipales, consistentes en el cambio
de uso del sector E2 de Equipamiento social: Cuartel Guardia Civil a equipamiento
social y comercial que fue aprobado por Acuerdo de Pleno en Sesión Ordinaria de 17 de
septiembre de 2020. Lo que como Secretaria certifico en Villanueva de Algaidas a 21 de
septiembre de 2020.
I. Competencia para resolver.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.2.B.a) y 36.2.c)1.ª de la LOUA,
corresponde a la Consejería competente en materia de Urbanismo la aprobación definitiva
de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, así como sus innovaciones cuando
afecten a la ordenación estructural.
La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio es la
competente en materia de Urbanismo, de acuerdo con el Decreto del Presidente 2/2019,
de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado
por el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, y de conformidad con el artículo 12
del Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.d) del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración
de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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