5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/239-64)
Anuncio de 2 de diciembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Granada, por el que se hace público el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada adoptado en la sesión de 12 de septiembre de 2019, sobre la Innovación del PGOU-Adaptación Parcial de las Normas Subsididarias de Nigüelas, para la división en subsectores del sector SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado y ordenación del subsector SUB-O3.1, promovido por el Ayuntamiento de Nigüelas (Granada).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19687/2
ANEXO I
Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Granada adoptado en la sesión de fecha 12 de septiembre de 2019, sobre la Innovación
del PGOU-Adaptación Parcial de Nigüelas para la división en subsectores el sector
SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado y ordenación del subsector
SUB-O3.1, promovido por el Ayuntamiento de Nigüelas (Granada).
Examinado el expediente, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se
establece el Reglamento del Planeamiento Urbanístico, así como al Decreto 36/2014, de
11 de febrero, que regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta
de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (en relación con el
artículo 12 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, sobre reestructuración de
Consejerías).
Vistos los informes emitidos por los servicios técnicos de esta Delegación Territorial
y los de las legislaciones sectoriales de aplicación, y conforme a las facultades atribuidas
por el artículo 12.1.d) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada
ACUERDA
Segundo. Debiendose subsanar los siguientes puntos:
1. Con respecto a lo establecido en el artículo 3.2 del Decreto-ley 5/2012, de 27 de
noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para protección del litoral de
Andalucía, aplicable a la Innovación por contener suelo urbanizable ordenado con uso
terciario, se ha comprobado que es posible tramitar la presente Innovación, por estar el
crecimiento propuesto, dentro de los parámetros establecidos en la Norma 45 de POTA.
La justificación incluida en la Innovación se adecuará a los criterios de la Instrucción
1/2014 de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático en
relación a la incidencia territorial de los instrumentos de planeamiento urbanístico general
y la adecuación de los mismos a la planificación territorial.
2. Se indicará en la ficha de los dos sectores pendientes de desarrollo SUB-S3.2
y SUB-S3.3 lo indicado en el informe del Servicio de Dominio Público Hidráulico y
de Calidad de Aguas de fecha 5.12.2018, con respecto a que los documentos de
planeamiento que se redacten para el desarrollo del sector deberán ser informados por la
Administración hidráulica autonómica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de
la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.
3. Se indicará en la ficha del sector SUB-S3.3 colindante con el término municipal
de Dúrcal que se establecerán las necesarias medidas de coordinación con el
municipio de Dúrcal para la ordenación de los suelos limítrofes con el fin de garantizar la
coherencia de la ordenación de ambos municipios (esta determinación será de carácter
pormenorizado preceptivo), conforme se indica en el informe de verificación emitido por
la Oficina de Ordenación del Territorio con fecha 22.8.2019.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251952
Primero. En los términos del artículo 33.2.b) de la LOUA, aprobar definitivamente a
reserva de simple subsanación de deficiencias, supeditando su registro y publicación al
cumplimiento de la misma, la «Innovación del PGOU-Adaptación Parcial de Nigüelas para
la división en subsectores del sector SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado
y ordenación del subsector SUB-O3.1», y el Estudio Ambiental Estratégico, presentados
por el Ayuntamiento en la Delegación Territorial para aprobación definitiva y aprobados
por el Pleno con fecha 6 de septiembre de 2018.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 239 - Miércoles, 15 de diciembre de 2021
página 19687/2
ANEXO I
Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Granada adoptado en la sesión de fecha 12 de septiembre de 2019, sobre la Innovación
del PGOU-Adaptación Parcial de Nigüelas para la división en subsectores el sector
SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado y ordenación del subsector
SUB-O3.1, promovido por el Ayuntamiento de Nigüelas (Granada).
Examinado el expediente, atendiendo a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se
establece el Reglamento del Planeamiento Urbanístico, así como al Decreto 36/2014, de
11 de febrero, que regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta
de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (en relación con el
artículo 12 del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, sobre reestructuración de
Consejerías).
Vistos los informes emitidos por los servicios técnicos de esta Delegación Territorial
y los de las legislaciones sectoriales de aplicación, y conforme a las facultades atribuidas
por el artículo 12.1.d) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía, la Comisión
Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada
ACUERDA
Segundo. Debiendose subsanar los siguientes puntos:
1. Con respecto a lo establecido en el artículo 3.2 del Decreto-ley 5/2012, de 27 de
noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para protección del litoral de
Andalucía, aplicable a la Innovación por contener suelo urbanizable ordenado con uso
terciario, se ha comprobado que es posible tramitar la presente Innovación, por estar el
crecimiento propuesto, dentro de los parámetros establecidos en la Norma 45 de POTA.
La justificación incluida en la Innovación se adecuará a los criterios de la Instrucción
1/2014 de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático en
relación a la incidencia territorial de los instrumentos de planeamiento urbanístico general
y la adecuación de los mismos a la planificación territorial.
2. Se indicará en la ficha de los dos sectores pendientes de desarrollo SUB-S3.2
y SUB-S3.3 lo indicado en el informe del Servicio de Dominio Público Hidráulico y
de Calidad de Aguas de fecha 5.12.2018, con respecto a que los documentos de
planeamiento que se redacten para el desarrollo del sector deberán ser informados por la
Administración hidráulica autonómica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de
la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.
3. Se indicará en la ficha del sector SUB-S3.3 colindante con el término municipal
de Dúrcal que se establecerán las necesarias medidas de coordinación con el
municipio de Dúrcal para la ordenación de los suelos limítrofes con el fin de garantizar la
coherencia de la ordenación de ambos municipios (esta determinación será de carácter
pormenorizado preceptivo), conforme se indica en el informe de verificación emitido por
la Oficina de Ordenación del Territorio con fecha 22.8.2019.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251952
Primero. En los términos del artículo 33.2.b) de la LOUA, aprobar definitivamente a
reserva de simple subsanación de deficiencias, supeditando su registro y publicación al
cumplimiento de la misma, la «Innovación del PGOU-Adaptación Parcial de Nigüelas para
la división en subsectores del sector SUB-S3 de suelo urbanizable industrial sectorizado
y ordenación del subsector SUB-O3.1», y el Estudio Ambiental Estratégico, presentados
por el Ayuntamiento en la Delegación Territorial para aprobación definitiva y aprobados
por el Pleno con fecha 6 de septiembre de 2018.