3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/238-32)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da publicidad al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como las condiciones de asistencia a la cumplimentación de trámites necesarios para el pago de deudas tributarias y otras deudas de derecho público de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021

página 19612/4

por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
y Actos Jurídicos Documentados, respectivamente, que contemplan la posibilidad de
que las Comunidades Autónomas que se hayan hecho cargo por delegación del Estado
de la gestión y liquidación de estos impuestos, dentro del marco de sus atribuciones,
encomienden funciones de gestión y liquidación de estos impuestos.
En atención a lo anterior, las partes acuerdan concretar las condiciones de la delegación
a los Registradores de la Propiedad de determinadas funciones y competencias en materia
de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como la
determinación e importe de las compensaciones que estos han de percibir por el desarrollo
de la citada colaboración, todo ello de acuerdo con la autorización del Consejo de Gobierno
de 16 de noviembre de 2021 y la Resolución del Consejo Rector de 19 de noviembre de
2021, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que
se crea la Agencia Tributaria de Andalucía, el Decreto 4/2012, de 17 de enero, por el que
se aprueba el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, y con arreglo al Contrato de
Gestión 2018-2021, conforme a las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Ámbito objetivo.
La Resolución del Consejo Rector de 19 de noviembre de 2021 establece que el
ámbito objetivo en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados comprende determinadas funciones y competencias en relación
con la información y asistencia al contribuyente, la comprobación y la revisión en vía
administrativa. En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el ámbito objetivo de la
delegación comprende la información y asistencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251875

Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto concretar las condiciones de la delegación a los
Registradores de la Propiedad de determinadas funciones y competencias en materia de
aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como
la fijación de las compensaciones que los mismos han de percibir por el desempeño de
su colaboración.
Asimismo, se concretan las condiciones a través de las cuales los Registradores de
la Propiedad asistirán a los ciudadanos al pago de cualquier ingreso de derecho público
a través de la Plataforma telemática de pago y presentación de tributos y otros ingresos.
La colaboración de los Registradores de la Propiedad en las funciones que el artículo 6
de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, atribuye a la Agencia se llevará a cabo con
arreglo a los principios generales de organización y actuación de la Agencia establecidos
en el artículo 7 de la citada norma, con especial sujeción a la legalidad e igualdad
en la aplicación de los tributos, asegurando en todo caso el respeto a los derechos y
garantías de los obligados tributarios, y garantizando el servicio efectivo a la ciudadanía,
estableciendo sistemas de información adecuados, con especial atención a las tareas
de asistencia al contribuyente, con el fin de reducir al mínimo el coste de tramitación
y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y con sujeción a la
estrategia y objetivos de lucha contra el fraude fiscal recogidas en el Contrato de Gestión
de la Agencia vigente, que se concretan en el Plan de Acción Anual y el Plan de Control
Tributario que regulan la actividad de la Agencia.
Esta colaboración se llevará a cabo con estricta sujeción al régimen presupuestario,
de control y contabilidad contenido en el Capítulo IV de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.