3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/238-32)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da publicidad al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como las condiciones de asistencia a la cumplimentación de trámites necesarios para el pago de deudas tributarias y otras deudas de derecho público de la Junta de Andalucía.
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Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021

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la confidencialidad como consecuencia de la puesta en conocimiento de terceros de los
datos e informaciones obtenidos durante la ejecución del convenio.
Para documentar la violación o el incidente de seguridad se deberá aportar la
siguiente información:
- Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales,
inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados
afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales
afectados.
- El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro
punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
- Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los
datos personales.
-
Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la
violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las
medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo
sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
No será necesaria la notificación al ciudadano cuando sea improbable que dicha
violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las
personas físicas.
m) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de
impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
n) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas
a la autoridad de control, cuando proceda.
o) Poner a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar
el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las
inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
p) Implantar las medidas de seguridad establecidas para las oficinas a las que se
refiere este convenio de acuerdo a la Resolución de 6 de julio de 2020, de la Agencia
Tributaria de Andalucía, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información
de esta Agencia, así como la estructura organizativa responsable de su ejecución
y a las normas y procedimientos que la desarrollan. En todo caso, deberán implantar
mecanismos para:
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes
de los sistemas y servicios de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en
caso de incidente físico o técnico.
- Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas técnicas y
organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
q) Destino de los datos.
Los titulares de las oficinas a las que se refiere este convenio se comprometen a
devolver a la Agencia o al encargado que ésta designe por escrito, los datos de carácter
personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez expire la vigencia del
presente convenio de colaboración.
La devolución deberá comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos
informáticos utilizados por el encargado, así como la certificación por las personas
responsables de los sistemas del encargado, de que dichos datos han sido borrados.
No obstante, previa autorización de la Agencia, el encargado podrá conservar
una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse
responsabilidades de la ejecución de las prestaciones del presente convenio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251875

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía