3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2021/238-32)
Resolución de 3 de diciembre de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da publicidad al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, así como las condiciones de asistencia a la cumplimentación de trámites necesarios para el pago de deudas tributarias y otras deudas de derecho público de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021
página 19612/29
ANEXO VI. POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Como desarrollo de la cláusula decimosexta de este convenio, se procede a
incorporar este Anexo al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía (en adelante
la Agencia) y los Registradores de la Propiedad de oficinas tipificadas en este convenio,
por el que se determinan las condiciones de delegación de funciones y competencias
en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
2. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de
este encargo, la Agencia pone a disposición de las oficinas anteriormente referidas,
encargadas del tratamiento, la información que se describe a continuación:
• Datos de carácter personal de los contribuyentes personas físicas: NIF, nombre
y apellidos, domicilio, fecha de nacimiento, fecha de fallecimiento, correo electrónico,
teléfono, datos sobre titularidad catastral de bienes inmuebles, datos sobre titularidad
de vehículos y ciclomotores, datos sobre deudas pendientes y otra información con
trascendencia tributaria estrictamente necesaria para los fines previstos en este Convenio
y para el ejercicio de las funciones que le son delegadas.
• Dicha información será accesible a través los sistemas de información y de las
soluciones tecnológicas puestas a disposición por la Agencia en el marco del acuerdo de
nivel de servicios con la Agencia Digital de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251875
1.Objeto.
El presente documento tiene por objeto regular las relaciones entre la Agencia, como
responsable del tratamiento y los titulares de las oficinas a cargo de los Registradores
de la Propiedad a las que la Resolución del Consejo Rector de 19 de noviembre de 2021
les delega determinadas funciones y competencias en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones , como encargadas del tratamiento de los datos de carácter personal, en el
ámbito de las funciones atribuidas a éstas por la citada resolución.
Mediante este documento anexo se habilita a las oficinas a cuyos titulares el Consejo
Rector delega el ejercicio de funciones y competencias en los referidos impuestos,
como encargadas del tratamiento, para tratar por cuenta de la Agencia, responsable del
tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio y realizar
las funciones delegadas.
El encargo para el tratamiento de los datos de carácter personal a las oficinas
de información y asistencia tributaria y a las oficinas de información, asistencia y
comprobación consistirá, con los requisitos y especificaciones establecidos por la
Agencia, en:
• Recogida.
• Estructuración.
• Conservación.
• Consulta.
• Cotejo.
• Supresión.
• Registro.
• Modificación.
• Extracción.
• Comunicación por transmisión.
• Interconexión.
• Destrucción.
• Comunicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 238 - Martes, 14 de diciembre de 2021
página 19612/29
ANEXO VI. POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Como desarrollo de la cláusula decimosexta de este convenio, se procede a
incorporar este Anexo al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía (en adelante
la Agencia) y los Registradores de la Propiedad de oficinas tipificadas en este convenio,
por el que se determinan las condiciones de delegación de funciones y competencias
en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
2. Identificación de la información afectada.
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de
este encargo, la Agencia pone a disposición de las oficinas anteriormente referidas,
encargadas del tratamiento, la información que se describe a continuación:
• Datos de carácter personal de los contribuyentes personas físicas: NIF, nombre
y apellidos, domicilio, fecha de nacimiento, fecha de fallecimiento, correo electrónico,
teléfono, datos sobre titularidad catastral de bienes inmuebles, datos sobre titularidad
de vehículos y ciclomotores, datos sobre deudas pendientes y otra información con
trascendencia tributaria estrictamente necesaria para los fines previstos en este Convenio
y para el ejercicio de las funciones que le son delegadas.
• Dicha información será accesible a través los sistemas de información y de las
soluciones tecnológicas puestas a disposición por la Agencia en el marco del acuerdo de
nivel de servicios con la Agencia Digital de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251875
1.Objeto.
El presente documento tiene por objeto regular las relaciones entre la Agencia, como
responsable del tratamiento y los titulares de las oficinas a cargo de los Registradores
de la Propiedad a las que la Resolución del Consejo Rector de 19 de noviembre de 2021
les delega determinadas funciones y competencias en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones , como encargadas del tratamiento de los datos de carácter personal, en el
ámbito de las funciones atribuidas a éstas por la citada resolución.
Mediante este documento anexo se habilita a las oficinas a cuyos titulares el Consejo
Rector delega el ejercicio de funciones y competencias en los referidos impuestos,
como encargadas del tratamiento, para tratar por cuenta de la Agencia, responsable del
tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio y realizar
las funciones delegadas.
El encargo para el tratamiento de los datos de carácter personal a las oficinas
de información y asistencia tributaria y a las oficinas de información, asistencia y
comprobación consistirá, con los requisitos y especificaciones establecidos por la
Agencia, en:
• Recogida.
• Estructuración.
• Conservación.
• Consulta.
• Cotejo.
• Supresión.
• Registro.
• Modificación.
• Extracción.
• Comunicación por transmisión.
• Interconexión.
• Destrucción.
• Comunicación.