3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2021/237-23)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en Cádiz, sobre concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro beneficiarias para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, Curso 2021/2022, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17.5.2011) y de la Resolución de 6 de julio de 2021 (BOJA núm. 135, de 15.7.2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 19549/2
de Resolución de la Comisión Evaluadora, que es publicada en la página web de esta
Delegación Territorial el 6 de octubre de 2021, concediendo un plazo de 10 días para
alegar, reformular su solicitud, comunicar su aceptación o renunciar, presentando el
formulario-Anexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del cuadro
resumen para esta línea de subvención y en la Resolución de 6 de julio de 2021 (BOJA
núm. 135, de 15.7.2021) de convocatoria para el curso 2021/2022, que deberá ser
acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos en
las declaraciones responsables, como de los criterios de valoración.
En ella figuraban, en el Anexo I, las entidades solicitantes que habían obtenido
puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por
orden de puntuación, con la cuantía de la subvención otorgable.
5. Finalizado el plazo anterior de 10 días, el 2 de noviembre de 2021 se reunió la
Comisión Evaluadora que procedió a la comprobación de la documentación presentada por
las distintas entidades, proponiéndose las entidades beneficiarias titulares con la subvención
concedida así como las entidades que no habían presentado la documentación solicitada
en la propuesta provisional. Esta circunstancia hace reducir el crédito correspondientes
para esta línea de subvención a una cuantía que asciende a 70.717,96 €, ya que la exclusión
de la entidad citada se produjo posteriormente a la publicación de la Propuesta Provisional
de Resolución en la página web de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en
Cádiz, tal y como se deja constancia en la Propuesta Definitiva de Resolución publicada en
la página web de esta Delegación Territorial.
A la fecha de solicitud todas las entidades declaran no haber solicitado ni tener
concedidas ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recursos para la misma finalidad
procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de
la Unión Europea o de organismos internacionales. No obstante, a la fecha de justificación
se deberá aportar la documentación o acreditación necesaria al respecto.
6. A la vista de la misma, se formula, tal como se recoge en el artículo 15 de la Orden
citada y el apartado 13 del cuadro resumen, la Propuesta Definitiva de Resolución con
fecha 2 de noviembre de 2021, que es publicada en la página web de esta Delegación
Territorial con fecha 3 de noviembre de 2021. En ella figuraban el Anexo I con las
entidades beneficiarias con el presupuesto aceptado y la subvención concedida, en el
en el Anexo II, las entidades solicitantes a las que se les ha denegado la ayuda por no
cumplir los requisitos establecidos en la bases reguladoras.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que
se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251813
Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.
Es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado
por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de
obligado cumplimiento.
BOJA
Número 237 - Lunes, 13 de diciembre de 2021
página 19549/2
de Resolución de la Comisión Evaluadora, que es publicada en la página web de esta
Delegación Territorial el 6 de octubre de 2021, concediendo un plazo de 10 días para
alegar, reformular su solicitud, comunicar su aceptación o renunciar, presentando el
formulario-Anexo II junto a la documentación señalada en el apartado 15 del cuadro
resumen para esta línea de subvención y en la Resolución de 6 de julio de 2021 (BOJA
núm. 135, de 15.7.2021) de convocatoria para el curso 2021/2022, que deberá ser
acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos en
las declaraciones responsables, como de los criterios de valoración.
En ella figuraban, en el Anexo I, las entidades solicitantes que habían obtenido
puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias provisionales, por
orden de puntuación, con la cuantía de la subvención otorgable.
5. Finalizado el plazo anterior de 10 días, el 2 de noviembre de 2021 se reunió la
Comisión Evaluadora que procedió a la comprobación de la documentación presentada por
las distintas entidades, proponiéndose las entidades beneficiarias titulares con la subvención
concedida así como las entidades que no habían presentado la documentación solicitada
en la propuesta provisional. Esta circunstancia hace reducir el crédito correspondientes
para esta línea de subvención a una cuantía que asciende a 70.717,96 €, ya que la exclusión
de la entidad citada se produjo posteriormente a la publicación de la Propuesta Provisional
de Resolución en la página web de la Delegación Territorial de Educación y Deporte en
Cádiz, tal y como se deja constancia en la Propuesta Definitiva de Resolución publicada en
la página web de esta Delegación Territorial.
A la fecha de solicitud todas las entidades declaran no haber solicitado ni tener
concedidas ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recursos para la misma finalidad
procedente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de
la Unión Europea o de organismos internacionales. No obstante, a la fecha de justificación
se deberá aportar la documentación o acreditación necesaria al respecto.
6. A la vista de la misma, se formula, tal como se recoge en el artículo 15 de la Orden
citada y el apartado 13 del cuadro resumen, la Propuesta Definitiva de Resolución con
fecha 2 de noviembre de 2021, que es publicada en la página web de esta Delegación
Territorial con fecha 3 de noviembre de 2021. En ella figuraban el Anexo I con las
entidades beneficiarias con el presupuesto aceptado y la subvención concedida, en el
en el Anexo II, las entidades solicitantes a las que se les ha denegado la ayuda por no
cumplir los requisitos establecidos en la bases reguladoras.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que
se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.
Es de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado
por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de
obligado cumplimiento.