3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/236-49)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que encomienda a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 105 de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de actividades de carácter material y técnico para la puesta en marcha de las infraestructuras y servicios de transportes ferroviarios y tranviarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19388/4
de gastos y propuestas de pagos y reembolso, sí como la de proporcionar información
cuantitativa y cualitativa sobre las acciones desarrolladas y ejecutadas).
Cuarto. Importe: no implica gastos.
La presente encomienda se ejecutará con medios materiales y humanos propios
de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, sin necesidad de acudir a
contrataciones externas, por lo que no implica gasto alguno para Consejería, según
consta en el acuerdo por el que se ordena el inicio de este expediente y en la memoria
justificativa que ha motivado este último.
Quinto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada.
La asignación de las tareas correspondiente a una actuación se realizará por medio
de oficio remitido por la persona titular de la Dirección Movilidad a la Dirección Gerencia
de la Agencia, donde se especificarán con claridad las tareas de asistencia y apoyo que
se requieran, acompañándose del expediente y cuantos documentos y datos fueran
necesarios para la correcta ejecución de las tareas encomendadas.
La asignación de tareas se realizará con antelación suficiente y señalando un plazo
razonable para la correcta realización de la misma y, a ser posible, en el marco de una
programación previamente aprobada
Dentro de la Agencia, la asignación de dichas tareas al personal de la misma se
efectuará por la persona titular de la Dirección Gerencia, en el ámbito de sus competencias
de organización, sin que en ningún caso la asignación de tareas realizada por la Dirección
General de Movilidad pueda ir referida a personas concretas.
Cuando la naturaleza de la actuación así lo requiera, la tarea encomendada podrá
adoptar la forma de borrador de documento (informe, propuesta, memoria, etc.) el cual
habrá de ser remitido al centro encomendante para su supervisión y, en su caso, firma.
La remisión al centro directivo encomendante de los borradores de documentos a que
haya dado lugar la encomienda de gestión se realizará por medio de oficio de la persona
titular de la Dirección Gerencia de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.
Todas las tareas de apoyo y asistencia objeto de la presente encomienda se realizarán
desde las instalaciones de la Agencia y con los medios materiales de ésta.
La asignación y organización de estas tareas de apoyo y asistencia se realizará
siempre respetando el buen funcionamiento de la Agencia y produciendo el menor
menoscabo posible en el buen desenvolvimiento de su normal actividad.
En caso de que en el desarrollo de la presente encomienda se produzcan incidencias
que puedan afectar al buen fin de la misma o al buen funcionamiento de la Agencia,
las personas titulares de la Dirección General de Movilidad y de la Dirección Gerencia
de la Agencia someterán la cuestión al Viceconsejero que adoptará las instrucciones
oportunas al efecto.
Séptimo. Plazo de vigencia.
La presente encomienda estará vigente hasta la aprobación por el Consejo de
Gobierno del Decreto sobre atribución de competencias a la Agencia de Obra Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251649
Sexto. Propiedad de los trabajos.
Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno
respecto a la propiedad intelectual de los documentos elaborados bajo su amparo. Los
resultados de los trabajos efectuados por el personal de la Agencia de Obra Pública de la
Junta de Andalucía al amparo del presente documento serán propiedad de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio a todos los efectos, viniendo
la referida agencia obligada a utilizarlos únicamente en el ámbito de su relación con la
Consejería, así como a guardar absoluta confidencialidad sobre ellos y sobre los datos
facilitados para su elaboración.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19388/4
de gastos y propuestas de pagos y reembolso, sí como la de proporcionar información
cuantitativa y cualitativa sobre las acciones desarrolladas y ejecutadas).
Cuarto. Importe: no implica gastos.
La presente encomienda se ejecutará con medios materiales y humanos propios
de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, sin necesidad de acudir a
contrataciones externas, por lo que no implica gasto alguno para Consejería, según
consta en el acuerdo por el que se ordena el inicio de este expediente y en la memoria
justificativa que ha motivado este último.
Quinto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada.
La asignación de las tareas correspondiente a una actuación se realizará por medio
de oficio remitido por la persona titular de la Dirección Movilidad a la Dirección Gerencia
de la Agencia, donde se especificarán con claridad las tareas de asistencia y apoyo que
se requieran, acompañándose del expediente y cuantos documentos y datos fueran
necesarios para la correcta ejecución de las tareas encomendadas.
La asignación de tareas se realizará con antelación suficiente y señalando un plazo
razonable para la correcta realización de la misma y, a ser posible, en el marco de una
programación previamente aprobada
Dentro de la Agencia, la asignación de dichas tareas al personal de la misma se
efectuará por la persona titular de la Dirección Gerencia, en el ámbito de sus competencias
de organización, sin que en ningún caso la asignación de tareas realizada por la Dirección
General de Movilidad pueda ir referida a personas concretas.
Cuando la naturaleza de la actuación así lo requiera, la tarea encomendada podrá
adoptar la forma de borrador de documento (informe, propuesta, memoria, etc.) el cual
habrá de ser remitido al centro encomendante para su supervisión y, en su caso, firma.
La remisión al centro directivo encomendante de los borradores de documentos a que
haya dado lugar la encomienda de gestión se realizará por medio de oficio de la persona
titular de la Dirección Gerencia de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.
Todas las tareas de apoyo y asistencia objeto de la presente encomienda se realizarán
desde las instalaciones de la Agencia y con los medios materiales de ésta.
La asignación y organización de estas tareas de apoyo y asistencia se realizará
siempre respetando el buen funcionamiento de la Agencia y produciendo el menor
menoscabo posible en el buen desenvolvimiento de su normal actividad.
En caso de que en el desarrollo de la presente encomienda se produzcan incidencias
que puedan afectar al buen fin de la misma o al buen funcionamiento de la Agencia,
las personas titulares de la Dirección General de Movilidad y de la Dirección Gerencia
de la Agencia someterán la cuestión al Viceconsejero que adoptará las instrucciones
oportunas al efecto.
Séptimo. Plazo de vigencia.
La presente encomienda estará vigente hasta la aprobación por el Consejo de
Gobierno del Decreto sobre atribución de competencias a la Agencia de Obra Pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251649
Sexto. Propiedad de los trabajos.
Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno
respecto a la propiedad intelectual de los documentos elaborados bajo su amparo. Los
resultados de los trabajos efectuados por el personal de la Agencia de Obra Pública de la
Junta de Andalucía al amparo del presente documento serán propiedad de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio a todos los efectos, viniendo
la referida agencia obligada a utilizarlos únicamente en el ámbito de su relación con la
Consejería, así como a guardar absoluta confidencialidad sobre ellos y sobre los datos
facilitados para su elaboración.