3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/236-49)
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que encomienda a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 105 de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de actividades de carácter material y técnico para la puesta en marcha de las infraestructuras y servicios de transportes ferroviarios y tranviarios.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021

página 19388/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad,
por la que encomienda a la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía,
de conformidad con el artículo 105 de la Ley de Administración de la Junta
de Andalucía, la gestión de actividades de carácter material y técnico para la
puesta en marcha de las infraestructuras y servicios de transportes ferroviarios
y tranviarios.

1. El Estatuto de Autonomía para Andalucía, contempla en su artículo 64, las
competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de transporte y
comunicaciones, incluyendo tanto las infraestructuras como los servicios que discurren
en territorio andaluz.
2. El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y
sobre reestructuración de las Consejerías, residencia en la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio, las competencias en materia de movilidad
e infraestructuras viarias y de transportes, así como las competencias en materia de
ordenación del territorio, del litoral y urbanismo.
3. En virtud de lo previsto en el artículo 11.1 del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio, la Dirección General de Movilidad es el órgano de gestión y
desarrollo en materia de transportes y movilidad en la Comunidad Autónoma y asume
el ejercicio de las competencias de la Consejería en estas materias conferidas por la
legislación vigente. Según el apartado 2 del referido precepto, este centro directivo tiene,
en particular, competencias para la ordenación, gestión, explotación e inspección de los
servicios de transporte ferroviario.
4. En este marco competencial, consciente de la creciente importancia que
tradicionalmente se ha reconocido al transporte metropolitano por ferrocarril como
modo eficiente de movilidad desde una perspectiva económica y social, la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha venido apostando en la presente
legislatura por el impulso de importantes infraestructuras ferroviarias y tranviarias, entre
las que se incluyen actuaciones como la puesta en marcha del Sistema Tranviario de
Jaén o las ampliaciones de los Metros de Sevilla y Granada, alineándose así con las
estrategias de minoración de la contaminación por carbono propia de la elegibilidad de
los fondos europeos.
No es necesario abundar en las dificultades que presenta la realización de este tipo
de infraestructuras del transporte, tanto las propiamente técnicas, como las complejas
operaciones jurídico-administrativas que implica la contratación de los proyectos las
obras y la gestión de los servicios de transporte; estas razones justifican la creación y
existencia de organismos especializados y altamente cualificados, como es el caso de la
Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.
Al propio tiempo, el ejercicio de las competencias de superior planificación que ejerce
la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en esta materia y
las específicas potestades de dirección que son propias de la relación de dependencia
funcional que mantiene sobre la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía,
se facilita desde diversos cauces, siendo uno de uno de ellos, la instrumentación de

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251649

A NTECEDENTES