Autoridades y personal. Universidades. (2021/236-25)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en la categoría profesional de Técnico Auxiliar de Servicios de Conserjería de la Universidad de Jaén.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19414/9
o igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación
oficial, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa,
de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.
8.3. Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados
de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, las personas que
tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de
alzada contra los actos del tribunal calificador ante el rector de la Universidad de Jaén,
en los términos previstos en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.4. El rector de la Universidad de Jaén podrá, en su caso, proceder a la revisión de
los acuerdos del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 23 de noviembre de 2021.- El Rector, Juan Gómez Ortega.
ANEXO I
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por un único ejercicio que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
El ejercicio consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el programa que se relaciona
en el anexo II, para lo cual no podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la
realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A – [E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el/la interesado/a no serán objeto de penalización.
El tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
superación del ejercicio, teniendo en cuenta el número de participantes presentados al
mismo, su dificultad y el número de plazas ofertadas. El ejercicio se calificará sobre un
máximo de 60 puntos, de modo que las personas candidatas que acierten el número máximo
de preguntas válidas obtendrán una calificación de 60 puntos. Aquellos/as opositores/
as, una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas, que
contesten acertadamente el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar el
ejercicio propuesto a criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación de
30 puntos. El resto de personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación distribuida
proporcionalmente a las preguntas correctamente contestadas entre ambas calificaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251669
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
el ejercicio del que consta la fase de oposición.
BOJA
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19414/9
o igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación
oficial, recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa,
de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.
8.3. Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados
de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En concreto, las personas que
tengan la consideración de interesadas en el procedimiento podrán interponer recurso de
alzada contra los actos del tribunal calificador ante el rector de la Universidad de Jaén,
en los términos previstos en los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.4. El rector de la Universidad de Jaén podrá, en su caso, proceder a la revisión de
los acuerdos del tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jaén, 23 de noviembre de 2021.- El Rector, Juan Gómez Ortega.
ANEXO I
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
A) Fase de oposición.
La fase de oposición tendrá una puntuación máxima de 60 puntos y estará formada
por un único ejercicio que tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
El ejercicio consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas
múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el programa que se relaciona
en el anexo II, para lo cual no podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la
realización del ejercicio.
El ejercicio estará dirigido a apreciar la idoneidad de las personas aspirantes para el
desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas que se convocan mediante el
presente procedimiento selectivo.
La puntuación directa del ejercicio se calcula conforme a la fórmula A – [E/4] (siendo
«A» el número de aciertos y «E» el de errores), de modo que las preguntas no contestadas
y las respuestas anuladas por el/la interesado/a no serán objeto de penalización.
El tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la
superación del ejercicio, teniendo en cuenta el número de participantes presentados al
mismo, su dificultad y el número de plazas ofertadas. El ejercicio se calificará sobre un
máximo de 60 puntos, de modo que las personas candidatas que acierten el número máximo
de preguntas válidas obtendrán una calificación de 60 puntos. Aquellos/as opositores/
as, una vez practicada la correspondiente penalización por las respuestas erróneas, que
contesten acertadamente el número de respuestas mínimamente exigibles para aprobar el
ejercicio propuesto a criterio técnico del tribunal, obtendrán, en su caso, la puntuación de
30 puntos. El resto de personas aspirantes aprobadas tendrán una calificación distribuida
proporcionalmente a las preguntas correctamente contestadas entre ambas calificaciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251669
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de
la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación total del proceso selectivo será de 100 puntos, siendo de 60 puntos
para la fase de oposición y de 40 puntos para la fase de concurso.
Sólo participarán en la fase de concurso aquellos/as aspirantes que hayan superado
el ejercicio del que consta la fase de oposición.