Autoridades y personal. Universidades. (2021/236-25)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en la categoría profesional de Técnico Auxiliar de Servicios de Conserjería de la Universidad de Jaén.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021

página 19414/7

5.8. El/la presidente/a del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios de la oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes.
El tribunal excluirá a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas y signos
que permitan conocer la identidad del/de la opositor/a.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Servicio de Personal de la Universidad de Jaén, Edificio B1-Rectorado, del Campus de
Las Lagunillas de Jaén, teléfonos 953 212 277/953 212 285; e-mail: secpas@ujaen.es
El tribunal dispondrá que, en dicha sede, al menos una persona, que podrá pertenecer
o no al tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso
selectivo.
5.10. El tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas, cualquier propuesta que contravenga lo
anterior será nula de pleno derecho.

7. Relación de personas seleccionadas, presentación de documentación acreditativa
y propuesta de formalización de contrato laboral.
7.1. Al finalizar el ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo, el tribunal
hará pública en los lugares de examen y en el tablón de anuncios del Registro General
de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), y a título
informativo, en la página web del Servicio de Personal, las listas con las puntuaciones
correspondientes de las personas que superen el ejercicio.
7.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Registro General de la
Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/servinfo/anuncios), y a título
informativo, en la página web del Servicio de Personal, la relación definitiva de aspirantes
que han superado el ejercicio de la fase de oposición en la forma prevista en el Anexo I.
7.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
7.4. Finalizado el proceso selectivo, el tribunal hará pública la relación definitiva de
personas que han superado el mismo por orden de puntuación, en las que constarán las
calificaciones del ejercicio de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso, así como la calificación final obtenida. Al efecto de confeccionar dicha relación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251669

6. Desarrollo del proceso selectivo.
6.1. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que
acrediten su identidad.
6.2. El orden de actuación de las personas aspirantes será por orden alfabético, a
partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo
realizado por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y publicado
mediante resolución de ésta, que se encuentre en vigor y sea de aplicación a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio de
la fase de oposición en llamamiento único siendo excluidas de la oposición aquellas
personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente
apreciados por el tribunal.
6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de
que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en
la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión al
rector de la Universidad de Jaén, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el
rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.