Autoridades y personal. Universidades. (2021/236-21)
Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala Básica de Conservación y Mantenimiento, como Técnico/a de Mantenimiento Puesto Base-Jardines de esta Universidad, por el sistema de promoción interna.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19497/3
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de estas pruebas, conforme a lo dispuesto en el artículo 162.3 de
los Estatutos de la Universidad de Granada, estará compuesto por cinco miembros y
sus respectivos suplentes respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y
hombres. Serán nombrados por la Rectora, y se publicarán junto con la resolución que
declare aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas a la que se
refiere la base 4.3 de la presente convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
Rectora de la Universidad de Granada, cuando concurran en ellos alguna de las causas
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251810
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de
Granada dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al
público las listas certificadas completas de personas admitidas y excluidas indicándose,
en este último caso, las causas de exclusión.
4.2. Las personas que figuren excluidas o hayan sido omitidas dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión o reclamar la omisión. En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas
en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la
pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado
no subsanen la exclusión o no reclamen la omisión quedarán definitivamente excluidas
de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de la Rectora de la Universidad
de Granada se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas
interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación les
servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, y en ella se señalarán el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la
fase de oposición, y el lugar donde se expondrán al público las listas definitivas.
4.4. La resolución por la que se declara aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la Rectora de la Universidad de
Granada, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación,
o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19497/3
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de estas pruebas, conforme a lo dispuesto en el artículo 162.3 de
los Estatutos de la Universidad de Granada, estará compuesto por cinco miembros y
sus respectivos suplentes respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y
hombres. Serán nombrados por la Rectora, y se publicarán junto con la resolución que
declare aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas a la que se
refiere la base 4.3 de la presente convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
Rectora de la Universidad de Granada, cuando concurran en ellos alguna de las causas
previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad de
Granada dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas
admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al
público las listas certificadas completas de personas admitidas y excluidas indicándose,
en este último caso, las causas de exclusión.
4.2. Las personas que figuren excluidas o hayan sido omitidas dispondrán de un plazo
de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución
en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que
haya motivado la exclusión o reclamar la omisión. En todo caso, al objeto de evitar
errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas
en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la
pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado
no subsanen la exclusión o no reclamen la omisión quedarán definitivamente excluidas
de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Concluido el plazo de subsanación, por resolución de la Rectora de la Universidad
de Granada se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas y en ellas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas
interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación les
servirá de notificación. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, y en ella se señalarán el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio de la
fase de oposición, y el lugar donde se expondrán al público las listas definitivas.
4.4. La resolución por la que se declara aprobadas las listas definitivas de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá
interponer recurso potestativo de reposición ante la Rectora de la Universidad de
Granada, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación,
o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala correspondiente
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.