5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/236-106)
Anuncio de 10 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19430/2
B) Para los titulares de mutuos acuerdos así como los titulares de piezas separada de
justiprecio y los titulares que todavía no hayan percibido el importe que ha generado los
intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio): Y estando éste
depositado en la caja general de depósitos, así como los expedientes de pieza separada
de justiprecio:
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería. También deberán aportar
fotocopia de dicho Poder así como fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF, y copia compulsada de
la Escritura de Constituación, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberá portar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el
IBAN y con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de
los beneficiarios de dicho pago.
De no presentar la documentación solicitada, el importe del Depósito Previo, será
depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación
del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la
documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que
será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante
cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la
Delegación Territorial.
00251690
Al mismo tiempo se hace público este acto parar que, si existieran terceras personas
que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan
comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho
convenga, para la cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su
intervención, previa solicitud de Cita Previa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 236 - Viernes, 10 de diciembre de 2021
página 19430/2
B) Para los titulares de mutuos acuerdos así como los titulares de piezas separada de
justiprecio y los titulares que todavía no hayan percibido el importe que ha generado los
intereses de demora (mutuos acuerdos o pieza separada de justiprecio): Y estando éste
depositado en la caja general de depósitos, así como los expedientes de pieza separada
de justiprecio:
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería. También deberán aportar
fotocopia de dicho Poder así como fotocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF, y copia compulsada de
la Escritura de Constituación, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
5. Nota simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
6. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberá portar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
7. Certificado bancario original con el sello original de la entidad bancaria, con el
IBAN y con los 20 dígitos de la cuenta en la que deberán ser titulares todos y cada uno de
los beneficiarios de dicho pago.
De no presentar la documentación solicitada, el importe del Depósito Previo, será
depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación
del Gobierno en Almería, hasta su comparecencia en esta Delegación Territorial con la
documentación solicitada y posterior comprobación de la titularidad, circunstancia que
será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante
cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la
Delegación Territorial.
00251690
Al mismo tiempo se hace público este acto parar que, si existieran terceras personas
que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan
comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho
convenga, para la cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su
intervención, previa solicitud de Cita Previa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja