3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/235-30)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Diputación de Huelva (Huelva) denominado Intervención de clase 1.ª-14273, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021
página 19331/4
Puede consultar estos derechos en la información adicional publicada en la dirección
web http://www.diphuelva.es/contenidos/Proteccion-de-Datos/
Puede ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos a través del
correo dpd.dph@didhuelva.org.
Admisión de personas.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Técnica se reunirá, a
la mayor brevedad posible, al objeto de aprobar el listado provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas, tras la verificación del cumplimiento de los requisitos
establecidos en la presente convocatoria; la cual será publicada en el Tablón de Anuncios
Oficial de esta Excma. Diputación de Huelva, y a nivel informativo en su página web
oficial, señalándose un plazo de diez días hábiles para la subsanación del defecto que
haya motivado la exclusión u omisión. Concluido dicho plazo sin que se hayan presentado
alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva, para lo que no será necesaria la
publicación de un nuevo anuncio, elevándose la misma a la Presidencia de la Excma.
Diputación de Huelva.
Las alegaciones/subsanaciones se dirigirán a la Presidencia de la Excma. Diputación
de Huelva, y se presentarán electrónicamente en la forma y lugar previstos para la
presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria.
Los sucesivos anuncios referidos a la presente Convocatoria se publicarán en el
Tablón de Anuncios Oficial de la Excma. Diputación de Huelva, y a nivel informativo en la
página web oficial de la misma.
Resolución.
Tras la previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos por la
Comisión Técnica, ésta elevará a la Presidencia de la Excma. Diputación de Huelva el
listado de las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente
convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251585
Comisión Técnica.
La Comisión Técnica será un órgano colegiado que verificará el cumplimiento de los
requisitos aportados y acreditados conforme a lo establecido en las presentes bases por
las personas aspirantes, atendiendo a los requisitos señalados, quedando facultada para
interpretar la bases y la convocatoria, en su caso, y resolver las dudas que se presenten
durante todo el proceso.
La Comisión Técnica, estará constituida por un mínimo de 5 titulares, personas
nombradas por la presidencia de la corporación, de acuerdo a la composición establecida
en el artículo 34.8.º del vigente acuerdo mixto de Condiciones de Trabajo del Personal
al Servicio de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, haciéndose pública su
composición. Se designará el mismo número de suplentes.
Las personas integrantes de la Comisión Técnica deberán ser personal funcionario
de carrera del mismo grupo/subgrupo de titulación, o en su caso superior al del puesto
de trabajo convocado, ajustándose su composición a los principios de imparcialidad y
profesionalidad, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
Las personas integrantes de la Comisión Técnica deberán abstenerse de intervenir,
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo comunicarlo a la Presidencia
de la Excma. Diputación de Huelva, que resolverá lo procedente. Por estas mismas
causas, podrá promoverse recusación por las personas participantes en cualquier
momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 24
de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Para el mejor desarrollo y celeridad de la presente convocatoria, la Comisión Técnica
podrá incorporar a las personas especialistas/asesoras que consideren oportunas, con
voz y sin voto.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 235 - Jueves, 9 de diciembre de 2021
página 19331/4
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web http://www.diphuelva.es/contenidos/Proteccion-de-Datos/
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correo dpd.dph@didhuelva.org.
Admisión de personas.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión Técnica se reunirá, a
la mayor brevedad posible, al objeto de aprobar el listado provisional de las personas
aspirantes admitidas y excluidas, tras la verificación del cumplimiento de los requisitos
establecidos en la presente convocatoria; la cual será publicada en el Tablón de Anuncios
Oficial de esta Excma. Diputación de Huelva, y a nivel informativo en su página web
oficial, señalándose un plazo de diez días hábiles para la subsanación del defecto que
haya motivado la exclusión u omisión. Concluido dicho plazo sin que se hayan presentado
alegaciones, la lista provisional se elevará a definitiva, para lo que no será necesaria la
publicación de un nuevo anuncio, elevándose la misma a la Presidencia de la Excma.
Diputación de Huelva.
Las alegaciones/subsanaciones se dirigirán a la Presidencia de la Excma. Diputación
de Huelva, y se presentarán electrónicamente en la forma y lugar previstos para la
presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria.
Los sucesivos anuncios referidos a la presente Convocatoria se publicarán en el
Tablón de Anuncios Oficial de la Excma. Diputación de Huelva, y a nivel informativo en la
página web oficial de la misma.
Resolución.
Tras la previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos por la
Comisión Técnica, ésta elevará a la Presidencia de la Excma. Diputación de Huelva el
listado de las personas aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la presente
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Comisión Técnica.
La Comisión Técnica será un órgano colegiado que verificará el cumplimiento de los
requisitos aportados y acreditados conforme a lo establecido en las presentes bases por
las personas aspirantes, atendiendo a los requisitos señalados, quedando facultada para
interpretar la bases y la convocatoria, en su caso, y resolver las dudas que se presenten
durante todo el proceso.
La Comisión Técnica, estará constituida por un mínimo de 5 titulares, personas
nombradas por la presidencia de la corporación, de acuerdo a la composición establecida
en el artículo 34.8.º del vigente acuerdo mixto de Condiciones de Trabajo del Personal
al Servicio de la Excma. Diputación Provincial de Huelva, haciéndose pública su
composición. Se designará el mismo número de suplentes.
Las personas integrantes de la Comisión Técnica deberán ser personal funcionario
de carrera del mismo grupo/subgrupo de titulación, o en su caso superior al del puesto
de trabajo convocado, ajustándose su composición a los principios de imparcialidad y
profesionalidad, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
Las personas integrantes de la Comisión Técnica deberán abstenerse de intervenir,
cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo comunicarlo a la Presidencia
de la Excma. Diputación de Huelva, que resolverá lo procedente. Por estas mismas
causas, podrá promoverse recusación por las personas participantes en cualquier
momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 24
de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Para el mejor desarrollo y celeridad de la presente convocatoria, la Comisión Técnica
podrá incorporar a las personas especialistas/asesoras que consideren oportunas, con
voz y sin voto.