Disposiciones generales. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. (2021/234-3)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se modifica la Resolución de 21 de julio de 2021, de convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación, restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, línea 1, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 234 - Martes, 7 de diciembre de 2021

página 19190/2

subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, requieren el análisis exhaustivo
del informe técnico aportado junto a la solicitud por parte de una Comisión de Valoración.
Se estima que unos 300 expedientes pasarán a la fase de baremación respecto a los 93
expedientes de la convocatoria anterior. Por todo ello, se hace necesario ampliar el plazo
de la resolución de concesión de la subvención para la línea 1.
A tal efecto, el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece: «La Administración,
salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una
ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las
circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo
de ampliación deberá ser notificado a los interesados».
Por su parte, el artículo 32.3 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, señala: «Tanto
la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación deberán producirse,
en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá
ser objeto de ampliación un plazo ya vencido. Los acuerdos sobre ampliación de plazos
o sobre su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del procedente
contra la resolución que ponga fin al procedimiento».
En conclusión, debido a las circunstancias antes expuestas, es necesaria la
ampliación del plazo de resolución de la subvención, relativa a la línea 1, hasta el 25 de
enero de 2022.
Por consiguiente, vista la propuesta de resolución del Servicio de Conservación y
Obras del Patrimonio Histórico de fecha 25 de noviembre de 2021, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la
conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de
carácter religioso en Andalucía, y demás normativa de general y pertinente aplicación
RESU ELVO
Acordar la ampliación del plazo de resolución de concesión de la subvención, en
régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de
bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, relativa a la
línea 1, que tiene por objeto la conservación-restauración de bienes muebles integrantes
del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, hasta el 25 de enero de 2022.

00251442

Sevilla, 25 de noviembre de 2021.- El Director General, Miguel Ángel Araúz Rivero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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