Disposiciones generales. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. (2021/233-8)
Orden de 22 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de incentivos complementarios de los Incentivos Económicos Regionales para proyectos tractores de grandes empresas de la industria manufacturera y la logística avanzada en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 3 de diciembre de 2021
página 19288/6
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dando traslado a
las organizaciones y asociaciones más representativas y cuyos fines guardan relación
directa con el objeto de la disposición. Finalmente, de conformidad con lo establecido en
el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en lo que sea aplicable, y el artículo
45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, mediante Resolución de la persona titular de la Secretaría General Técnica,
con fecha 8 de julio de 2021 se acordó la realización del trámite de información pública,
el cual fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 236,
de 16 de julio de 2021).
En el sentido señalado en los párrafos precedentes, las presentes bases reguladoras
se adecúan a los principios de buena regulación, de acuerdo a los artículos 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía, quedando justificados el cumplimiento de los
principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia. Igualmente, se han tenido en cuenta los principios generales de organización y
funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, establecidos en el artículo 3
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por otro lado, como procedimiento de concesión de los incentivos se ha optado por
el régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
120.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. De esta manera, este
procedimiento se inicia a solicitud de la entidad interesada, concediéndose el incentivo
complementario en atención a la concurrencia de las condiciones establecidas en la
presente orden, sin que se establezca una comparación ni prelación entre las solicitudes
presentadas. La principal razón de optar por este tipo de procedimiento se fundamenta en
el propio carácter complementario de los Incentivos Económicos Regionales que tienen
los incentivos que regula esta orden.
Asimismo, esta orden se encuentra incluida en la línea de subvención: 3.4.1.1 «Ayudas
financieras complementarias de los Incentivos Económicos Regionales para inversiones
de grandes empresas tractoras de la industria manufacturera, de servicios de apoyo
industrial y plataformas logísticas en Andalucía» establecida en el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento
y Universidades, para el periodo 2020-2022, aprobado mediante Orden de 22 de julio
de 2020, en su versión actual tras la modificación adoptada mediante Orden de 7 de
septiembre de 2021.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión
de incentivos complementarios y concurrentes a los Incentivos Económicos Regionales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251538
En virtud de lo expuesto anteriormente, a propuesta de la persona titular de la
Secretaría General de Industria y Minas, y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4.6 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo, en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 26.2.a) de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 3 de diciembre de 2021
página 19288/6
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dando traslado a
las organizaciones y asociaciones más representativas y cuyos fines guardan relación
directa con el objeto de la disposición. Finalmente, de conformidad con lo establecido en
el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en lo que sea aplicable, y el artículo
45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, mediante Resolución de la persona titular de la Secretaría General Técnica,
con fecha 8 de julio de 2021 se acordó la realización del trámite de información pública,
el cual fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 236,
de 16 de julio de 2021).
En el sentido señalado en los párrafos precedentes, las presentes bases reguladoras
se adecúan a los principios de buena regulación, de acuerdo a los artículos 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
organizativa de la Junta de Andalucía, quedando justificados el cumplimiento de los
principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y
eficiencia. Igualmente, se han tenido en cuenta los principios generales de organización y
funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, establecidos en el artículo 3
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Por otro lado, como procedimiento de concesión de los incentivos se ha optado por
el régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
120.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. De esta manera, este
procedimiento se inicia a solicitud de la entidad interesada, concediéndose el incentivo
complementario en atención a la concurrencia de las condiciones establecidas en la
presente orden, sin que se establezca una comparación ni prelación entre las solicitudes
presentadas. La principal razón de optar por este tipo de procedimiento se fundamenta en
el propio carácter complementario de los Incentivos Económicos Regionales que tienen
los incentivos que regula esta orden.
Asimismo, esta orden se encuentra incluida en la línea de subvención: 3.4.1.1 «Ayudas
financieras complementarias de los Incentivos Económicos Regionales para inversiones
de grandes empresas tractoras de la industria manufacturera, de servicios de apoyo
industrial y plataformas logísticas en Andalucía» establecida en el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento
y Universidades, para el periodo 2020-2022, aprobado mediante Orden de 22 de julio
de 2020, en su versión actual tras la modificación adoptada mediante Orden de 7 de
septiembre de 2021.
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito.
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la concesión
de incentivos complementarios y concurrentes a los Incentivos Económicos Regionales
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251538
En virtud de lo expuesto anteriormente, a propuesta de la persona titular de la
Secretaría General de Industria y Minas, y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4.6 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo, en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 26.2.a) de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,