Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2021/233-3)
Acuerdo de 30 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban medidas para el desarrollo de acciones formativas en el ámbito de la formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales a través de la red de centros docentes públicos de titularidad de la Consejería de Educación y Deporte.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Viernes, 3 de diciembre de 2021

página 19339/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTE

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y la Formación Profesional,
tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional,
cualificaciones y acreditación que responda con eficacia y transparencia a las demandas
sociales y económicas, a través de diferentes modalidades formativas.
Asimismo, en su artículo 9, establece que la formación profesional comprende el
conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las
diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación en la vida social, cultural
y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las
acciones de inserción y reinserción laboral de las personas trabajadoras, así como
las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y
actualización permanente de las competencias profesionales.
Conforme al artículo 10 de la citada ley, las Administraciones públicas deben
garantizar la coordinación de las ofertas de formación profesional para dar respuesta
a las necesidades de cualificación y optimizar el uso de los recursos públicos, y, más
concretamente, establece la obligación de que las Administraciones educativas y
laborales programen, con la colaboración de las corporaciones locales y de los agentes
económicos y sociales, la oferta de las enseñanzas de formación profesional, teniendo
en cuenta, la realidad socioeconómica del territorio de su competencia, las propias
expectativas de la ciudadanía, la demanda de formación, así como las perspectivas de
desarrollo económico y social, con la finalidad de realizar una oferta que responda a las
necesidades de cualificación de las personas y las empresas.
La Formación Profesional, en el ámbito educativo, se desarrolla en la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se completa con la Ley 2/2011, de 4
de marzo, de Economía Sostenible, y a través de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de
Educación de Andalucía, en la que se desarrolla la formación profesional en el sistema
educativo y el Sistema Andaluz de Cualificaciones Profesionales. Y en el ámbito laboral, se
expone en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de Formación
Profesional para el empleo en el ámbito laboral, regulando la planificación y financiación del
sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, la programación y
ejecución de las acciones formativas, el control, el seguimiento y el régimen sancionador,
así como el sistema de información, la evaluación, la calidad y la gobernanza del sistema,
en el marco general del Sistema Nacional de las Cualificaciones y Formación Profesional.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 42.1,
que los estudios de formación profesional contemplados en la ley, podrán realizarse
en los centros educativos que en ella se regulan, así como en los centros integrados
de formación profesional a los que se refiere el artículo 11 de la Ley Orgánica 5/2002,
de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. Asimismo, según
lo establecido en el artículo 111.1 de la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los
centros públicos que ofrecen educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación
profesional, se denominarán institutos de educación secundaria. Los centros que
ofrecen únicamente enseñanzas de formación profesional se denominarán institutos de
formación profesional, y centros integrados cuando impartan todas las ofertas formativas
de formación profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Acuerdo de 30 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que
se aprueban medidas para el desarrollo de acciones formativas en el ámbito
de la formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales a través de la red de centros docentes públicos
de titularidad de la Consejería de Educación y Deporte.