Autoridades y personal. Universidades. (2021/232-17)
Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal laboral fijo de Administración y Servicios de la Universidad de Almería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Jueves, 2 de diciembre de 2021

página 18913/3

conformidad con los requisitos establecidos en la normativa interna de la Universidad de
Almería. El máximo de puntuación de este apartado será de 2 puntos.
d) 1 punto por cada titulación Universitaria específica, de igual o superior nivel, al
puesto de trabajo convocado, con un máximo de 2 puntos.
e) En caso de igualdad el criterio establecido es el de mayor antigüedad en la
Universidad.
6.2. Para aquellos puestos de trabajo en los que se exijan determinadas características
especiales, en los términos establecidos en la RPT, se podrá exigir a los candidatos la
superación de una prueba de conocimientos que acredite su capacidad.
6.3. Los solicitantes por el turno de reingreso de excedentes o traslado entre
Universidades, podrán concurrir a puestos de trabajo de diferente categoría de su área
profesional, de igual o inferior grupo profesional, en cuyo caso, se podrán establecer las
correspondientes pruebas que acrediten los conocimientos adecuados.

8. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
8.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad
de Almería (UAL), sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, Ctra. Sacramento,
s/n, La Cañada de San Urbano, C.P. 04120 Almería, es la responsable del tratamiento de
los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en la siguiente
dirección electrónica: dpo@ual.es.
8.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la UAL no cederá o comunicará sus
datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario
para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que
hubiera cesado la relación con la UAL, durante el tiempo que puedan ser requeridos por
control o fiscalización de la entidad pública competente.
8.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de
Responsabilidad Proactiva, la UAL garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y
organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la
naturaleza de los datos personales tratados.
8.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso,
Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos
se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de
estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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7. Resolución del concurso de traslado.
7.1. La Gerente, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de fin
de plazo de presentación de solicitudes, hará pública resolución con la adjudicación
provisional del concurso de traslado en la página Web del Servicio de Gestión de
Recursos Humanos. Debido a la situación actual generada por la pandemia COVID-19, el
plazo de resolución del concurso estará condicionado a la evolución de la misma.
Contra dicha resolución los interesados disponen de cinco días, a contar desde el
siguiente al de su publicación, para realizar las alegaciones que consideren y, una vez
resueltas, se publicará resolución con la adjudicación definitiva.
7.2. Contra dicha resolución definitiva, las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.3. Resuelto definitivamente el concurso de traslado, el destino adjudicado, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 19.8 del vigente Convenio Colectivo, será
irrenunciable.