3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/232-30)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se dispone la publicación de la normativa urbanística de las Normas Subsidiarias del municipio de Valencina de la Concepción (Sevilla) aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo, de 22 de octubre de 1987.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 232 - Jueves, 2 de diciembre de 2021

página 18860/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, INFRAESTRUCTURAS
Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se
dispone la publicación de la normativa urbanística de las Normas Subsidiarias
del municipio de Valencina de la Concepción (Sevilla) aprobadas definitivamente
por la Comisión Provincial de Urbanismo, de 22 de octubre de 1987.
ANTECEDENTES
Las Normas Subsidiarias del municipio de Valencina de la Concepción (Sevilla), fueron
aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo de 22 de octubre de
1987. El acuerdo de aprobación de dichas Normas Subsidiarias fueron publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla núm. 291, de 21 de diciembre de 1987, sin incluir
la normativa urbanística.
Con fecha 27 de abril de 2009 y núm. 3522, ha sido inscrito el citado instrumento
urbanístico en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos de esta Delegación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las Bases de Régimen
Local, normativa vigente a fecha de aprobación del documento, preveía la publicación por
los ayuntamientos del texto de los planes urbanísticos en el boletín correspondiente, no
produciendo efectos a terceros hasta dicha publicación.
El Tribunal Supremo unificó su criterio en Sentencia 7 de febrero de 1994 (RJ 1994,
1434) en el sentido de que la exigencia de publicación del texto íntegro, del artículo
70.2 de la LBRL, debía entenderse referida a las Normas Urbanísticas de los Planes,
y que es de aplicación no sólo a los Planes cuya aprobación definitiva corresponde a
los Municipios, sino también a los Planes Urbanísticos aprobados definitivamente por
las Comunidades Autónomas, extendiendo el ámbito de aplicación del citado artículo
a todo el planeamiento municipal, aún cuando sea aprobado por órgano urbanístico
no local.
La Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo requirió al
Ayuntamiento de Valencina de la Concepción para que procediera a la publicación de
la normativa urbanística, advirtiendo que en caso de no realizarla se llevaría a cabo
desde la Delegación Territorial. Transcurridos los tres meses otorgados como plazo en
el requerimiento mencionado, no consta que hayan procedido a publicar la normativa
urbanística del Plan en cuestión.
Por todo lo expuesto anteriormente, y en aras del principio de seguridad jurídica,

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las normas
urbanísticas de las Normas Subsidiarias del municipio de Valencina de la Concepción,
aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial de Urbanismo con fecha 22 de
octubre de 1987, en los términos que se contiene en el siguiente anexo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251101

RESUELVO