Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/231-17)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021

página 18781/4

dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el supuesto de titulaciones obtenidas
fuera de España, deberá aportarse la credencial de reconocimiento, homologación
o validación según proceda, de la titulación expedida por el Ministerio competente en
materia de Educación español. En concreto, para la categoría convocada:
- Título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior), Bachiller
Superior, BUP, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente o haber superado
la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años si se acredita estar en
posesión del título de Graduado/a en ESO o equivalente a efectos profesionales o haber
superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios, así como poseer la
formación para el desempeño de funciones de Nivel Intermedio, de conformidad con el
Anexo V del Real Decreto 39/97, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de
los Servicios de Prevención, modificado por el Real Decreto 780/98, de 30 de abril.

5. Admisión de solicitudes.
Para el cumplimiento del requisito de participación por el cupo de reserva de plazas
de cualquier tipo de discapacidad, las personas aspirantes deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, por lo que, para subsanar esta circunstancia en la fase de alegaciones
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en esta
materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251023

4. Solicitudes y documentación.
4.1. El procedimiento a seguir será el establecido en las bases generales aportando,
junto con la solicitud de participación, la documentación acreditativa de los requisitos de
participación relacionados en el apartado 5.1.2 de las bases generales que contempla los
referidos a la nacionalidad y la titulación requerida para el acceso.
4.2. Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de 15 días
hábiles, comenzando el día 30 de noviembre de 2021.
4.3. Tasa de examen: De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I
de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, quienes se inscriban como aspirantes deberán
hacer efectiva una tasa de inscripción de 15,16 euros, cuyo hecho imponible lo constituye
la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. No obstante, en
aplicación de las previsiones del art. 78 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que
se aprueban medidas fiscales y administrativas de la comunidad Autónoma de Andalucía
(BOJA núm. 251, de 31 de diciembre), la presentación y pago telemáticos de la solicitud
supone una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.
4.4. La tasa de examen puede ser abonada de alguna de las formas que dispone el
apartado 5.5.1 de las bases generales.
4.5. Conforme dispone el apartado 5.5.3 de las bases generales, en ningún caso la
mera presencia de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma de la solicitud de participación.
4.6. Contarán con exención del pago de la tasa aquellas personas aspirantes que
acrediten su condición de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.