Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2021/231-1)
Orden de 19 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la creación de empresas para los jóvenes agricultores, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 (Submedida 6.1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 231 - Miércoles, 1 de diciembre de 2021

página 18830/9

Siete. Se modifica el apartado 24.b) del cuadro resumen, que queda redactado en los
siguientes términos:
«24.b) Requisitos previos a la propuesta de pago de la subvención:
[ ] No se establecen.
[x] Antes de proponerse el pago, la persona o entidad beneficiaria deberá acreditar
que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, así como que no es deudora de la Junta de Andalucía por
cualquier otro ingreso de derecho público.
[x] Otros requisitos previos a la propuesta de pago:
Las personas o entidades beneficiarias deberán solicitar ante el órgano competente
en Tesorería de la Junta de Andalucía, el alta en el Sistema GIRO de la cuenta corriente
indicada para el cobro de la subvención.
Asimismo, la persona o entidad beneficiaria autoriza al Organismo Pagador a efectuar
el pago de la subvención en cualquiera de las cuentas dadas de alta por la persona
o entidad beneficiaria en el Sistema GIRO, en aquellos casos en los que la cuenta
consignada en la solicitud no esté operativa.»
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de noviembre de 2021
CARMEN CRESPO DÍAZ

00251067

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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