Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/230-30)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18794/8
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito del ejercicio
profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,025 puntos.
- Por cada crédito y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,25 puntos.
Estas puntuaciones son excluyentes entre sí.
ANEXO III
PLAZAS OFERTADAS
RESERVA DISCAPACIDAD
CATEGORÍA PROFESIONAL
ADMINISTRATIVO/A
CUPO GENERAL
Física, psíquica o
sensorial
Enfermedad
mental
Total
disc.
52
8
60
527
TOTAL
PLAZAS
587
ANEXO IV
1. En caso de que se requiera una actuación individualizada de prelación de las
personas aspirantes en la pruebas selectivas convocadas, y solo a estos efectos, el
orden de actuación será el determinado por la Resolución de 10 de febrero de 2021,
de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo que determina el orden de actuaciones de los aspirantes
en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la
presente resolución y que se celebren durante el año: será por orden alfabético a partir
de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R». En el supuesto de
que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R»,
el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience
por la letra «S» y así sucesivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251028
CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDEN ALFABÉTICO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021
página 18794/8
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito del ejercicio
profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,025 puntos.
- Por cada crédito y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,25 puntos.
Estas puntuaciones son excluyentes entre sí.
ANEXO III
PLAZAS OFERTADAS
RESERVA DISCAPACIDAD
CATEGORÍA PROFESIONAL
ADMINISTRATIVO/A
CUPO GENERAL
Física, psíquica o
sensorial
Enfermedad
mental
Total
disc.
52
8
60
527
TOTAL
PLAZAS
587
ANEXO IV
1. En caso de que se requiera una actuación individualizada de prelación de las
personas aspirantes en la pruebas selectivas convocadas, y solo a estos efectos, el
orden de actuación será el determinado por la Resolución de 10 de febrero de 2021,
de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo que determina el orden de actuaciones de los aspirantes
en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la
presente resolución y que se celebren durante el año: será por orden alfabético a partir
de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R». En el supuesto de
que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R»,
el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience
por la letra «S» y así sucesivamente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00251028
CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDEN ALFABÉTICO