Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/230-30)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 230 - Martes, 30 de noviembre de 2021

página 18794/7

Apartado tres dos. Actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos)
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones no sanitarias dirigidas a centros docentes públicos
o concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que
imparten ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para el alumnado de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00251028

a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio
de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas
adscritos.
2.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos, corporaciones de derecho público,
asociaciones de utilidad pública, organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema
Nacional de Salud y Entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentre la
formación y hasta un máximo de 20 puntos:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado anterior.
b) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
c) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
d) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
e) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
f) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,25 puntos.
Estas puntuaciones son excluyentes entre sí.
Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los epígrafes
e) y f), para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse avaladas al amparo
de una norma reguladora, Convenio, acreditación o subvención del Ministerio o Consejería
competente en materia de salud o servicios de salud de las CC.AA, o reconocidos de
interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente la declaración del promotor
para avalar la incorporación de estas actividades a los procesos selectivos si no consta
en la documentación aportada la firma y sello del órgano correspondiente