Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2021/229-7)
Acuerdo de 23 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Consejería de Salud y Familias sobre el Plan de Alta Frecuentación 2021/2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18888/6
Servicio Andaluz de Salud
respiratoria diferenciados del resto de circuitos, tal como se viene realizando desde el
inicio de la pandemia.
Los centros de Atención Primaria han de adecuar su funcionamiento y estructura en caso de activación
del PAF para mejorar la resolución con sus medios, intentando disminuir los desplazamientos para evitar
contagios, utilizando la vía telefónica en los casos para los que está indicada o las visitas a domicilio,
prestando una especial vigilancia a los colectivos vulnerables y derivando al hospital sólo lo que no pueda ser
resuelto en este nivel.
4
La adaptación local y difusión del PAF debe correr a cargo de la Comisión de Dirección del centro y sus
correspondientes Unidades y plasmarse en un documento escrito que debe ser enviadoa la Subdirección
Coordinación de Salud.
2.3 Comisión Hospital-Atención Primaria-EPES.
00251128
Junto al Plan del propio Hospital y del Distrito deben existir una serie de medidas aprobadas entre
ambos y en coordinación con EPES, que esta Comisión debe dejar plasmadas por escrito y activarlas en las
fechas que se decidan.
PAF GRIPE y COVID19 2021-2022
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Lunes, 29 de noviembre de 2021
página 18888/6
Servicio Andaluz de Salud
respiratoria diferenciados del resto de circuitos, tal como se viene realizando desde el
inicio de la pandemia.
Los centros de Atención Primaria han de adecuar su funcionamiento y estructura en caso de activación
del PAF para mejorar la resolución con sus medios, intentando disminuir los desplazamientos para evitar
contagios, utilizando la vía telefónica en los casos para los que está indicada o las visitas a domicilio,
prestando una especial vigilancia a los colectivos vulnerables y derivando al hospital sólo lo que no pueda ser
resuelto en este nivel.
4
La adaptación local y difusión del PAF debe correr a cargo de la Comisión de Dirección del centro y sus
correspondientes Unidades y plasmarse en un documento escrito que debe ser enviadoa la Subdirección
Coordinación de Salud.
2.3 Comisión Hospital-Atención Primaria-EPES.
00251128
Junto al Plan del propio Hospital y del Distrito deben existir una serie de medidas aprobadas entre
ambos y en coordinación con EPES, que esta Comisión debe dejar plasmadas por escrito y activarlas en las
fechas que se decidan.
PAF GRIPE y COVID19 2021-2022
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja