3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2021/228-34)
Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 5 de noviembre de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Jaén, por la que se dispone proceder al registro y publicación de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Torredelcampo (Jaén), Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referente al expediente de planeamiento relativo al Plan General de Ordenación Urbanística de Torredelcampo (Jaén).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 26 de noviembre de 2021
página 18453/24
c. Las destinadas a uso de bar o cafetería, con una superficie cubierta y cerrada que
no exceda de veinticinco (25) metros cuadrados o el 2% de la superficie del Parque y una
altura de una (1) planta, o a la venta de prensa, chucherías, refrescos, helados o similares
con una superficie cubierta y cerrada inferior a los cinco (5) metros cuadrados y una
altura de una (1) planta.
Sección 3.ª Sistema General de Equipamientos
Artículo 4.14. Composición del Sistema General de Equipamientos.
1. El Sistema General de Equipamientos está compuesto por los terrenos, las
construcciones, las instalaciones y las infraestructuras destinados a posibilitar la
prestación de los servicios públicos a los ciudadanos y que se señalan como tales en los
planos de Estructura de los Núcleos Urbanos.
2. El Sistema General de Equipamientos del presente Plan General está integrado
por los siguientes usos:
a. Educativo, que abarca la formación intelectual de las personas mediante
la enseñanza dentro de cualquier nivel reglado, las enseñanzas no regladas y la
investigación, así como el alojamiento o residencia de estudiantes o profesores, cuando
dicho servicio se prevea entre las prestaciones del centro.
b. Deportivo, que comprende la práctica de actividades deportivas y el desarrollo de
la cultura física.
c. Servicios de Interés Público y Social, que a su vez comprende los siguientes usos:
i. Sanitario, consistente en la prestación de asistencia médica y servicios quirúrgicos,
en régimen ambulatorio o con hospitalización.
ii. Socio-asistencial, que comprende la prestación de asistencia especializada, no
específicamente sanitaria, a los ciudadanos, mediante los servicios sociales.
iii. Cultural, consistente en la conservación, creación y transmisión de los
conocimientos y la estética en centros especializados, tales como bibliotecas,
museos, casas de cultura, teatros, etc.
iv. Administrativo Público, mediante el que se desarrollan las tareas de gestión de los
asuntos del Estado en todos sus niveles territoriales y se atiende a los ciudadanos.
v. Servicios Urbanos, que integran los servicios de salvaguarda a las personas y a
los bienes (bomberos, policía, protección civil y similares), de mantenimiento de los
espacios públicos (cantones de limpieza y similares) y, en general, de satisfacción
de las necesidades causadas por la convivencia en el medio urbano de carácter
público.
vi. Abastos, consistente en el aprovisionamiento y control de productos de
alimentación y otros de carácter básico para la población.
d. Cementerio, mediante el que se proporciona la inhumación o incineración de los
restos humanos.
e. Ferial, comprende el conjunto de instalaciones y puestos de feria.
Artículo 4.16. Sustitución de Usos del Sistema General de Equipamientos.
1. En ningún caso podrán sustituirse los usos dotacionales que el Plan General
califique de Sistemas Generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250681
Artículo 4.15. Compatibilidad de Otros Usos en el Sistema General de Equipamientos.
En los terrenos calificados como Sistema General de Equipamientos por este Plan
General se podrán disponer, además de los directamente determinados, cualquier otro
que coadyuve a los fines dotacionales previstos hasta un máximo del quince (15%) por
ciento de la superficie construida. El único uso residencial justificable es el de «vivienda
guardería».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 26 de noviembre de 2021
página 18453/24
c. Las destinadas a uso de bar o cafetería, con una superficie cubierta y cerrada que
no exceda de veinticinco (25) metros cuadrados o el 2% de la superficie del Parque y una
altura de una (1) planta, o a la venta de prensa, chucherías, refrescos, helados o similares
con una superficie cubierta y cerrada inferior a los cinco (5) metros cuadrados y una
altura de una (1) planta.
Sección 3.ª Sistema General de Equipamientos
Artículo 4.14. Composición del Sistema General de Equipamientos.
1. El Sistema General de Equipamientos está compuesto por los terrenos, las
construcciones, las instalaciones y las infraestructuras destinados a posibilitar la
prestación de los servicios públicos a los ciudadanos y que se señalan como tales en los
planos de Estructura de los Núcleos Urbanos.
2. El Sistema General de Equipamientos del presente Plan General está integrado
por los siguientes usos:
a. Educativo, que abarca la formación intelectual de las personas mediante
la enseñanza dentro de cualquier nivel reglado, las enseñanzas no regladas y la
investigación, así como el alojamiento o residencia de estudiantes o profesores, cuando
dicho servicio se prevea entre las prestaciones del centro.
b. Deportivo, que comprende la práctica de actividades deportivas y el desarrollo de
la cultura física.
c. Servicios de Interés Público y Social, que a su vez comprende los siguientes usos:
i. Sanitario, consistente en la prestación de asistencia médica y servicios quirúrgicos,
en régimen ambulatorio o con hospitalización.
ii. Socio-asistencial, que comprende la prestación de asistencia especializada, no
específicamente sanitaria, a los ciudadanos, mediante los servicios sociales.
iii. Cultural, consistente en la conservación, creación y transmisión de los
conocimientos y la estética en centros especializados, tales como bibliotecas,
museos, casas de cultura, teatros, etc.
iv. Administrativo Público, mediante el que se desarrollan las tareas de gestión de los
asuntos del Estado en todos sus niveles territoriales y se atiende a los ciudadanos.
v. Servicios Urbanos, que integran los servicios de salvaguarda a las personas y a
los bienes (bomberos, policía, protección civil y similares), de mantenimiento de los
espacios públicos (cantones de limpieza y similares) y, en general, de satisfacción
de las necesidades causadas por la convivencia en el medio urbano de carácter
público.
vi. Abastos, consistente en el aprovisionamiento y control de productos de
alimentación y otros de carácter básico para la población.
d. Cementerio, mediante el que se proporciona la inhumación o incineración de los
restos humanos.
e. Ferial, comprende el conjunto de instalaciones y puestos de feria.
Artículo 4.16. Sustitución de Usos del Sistema General de Equipamientos.
1. En ningún caso podrán sustituirse los usos dotacionales que el Plan General
califique de Sistemas Generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250681
Artículo 4.15. Compatibilidad de Otros Usos en el Sistema General de Equipamientos.
En los terrenos calificados como Sistema General de Equipamientos por este Plan
General se podrán disponer, además de los directamente determinados, cualquier otro
que coadyuve a los fines dotacionales previstos hasta un máximo del quince (15%) por
ciento de la superficie construida. El único uso residencial justificable es el de «vivienda
guardería».