3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2021/228-30)
Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Huelva y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 26 de noviembre de 2021

página 18662/26

2. La liquidación, escisión o cesión de su patrimonio deberá ser acordado en la
misma Junta General Extraordinaria, por acuerdo de las tres cuartas partes del total de
colegiados.
Disposición transitoria única.
Tras la aprobación de los presentes Estatutos, los cargos anteriormente elegidos
permanecerán vigentes en el mismo orden y tiempo elegidos por el Estatuto anteriormente
vigente, debiendo ser renovados o reelegidos en el mismo orden y tiempo previsto en el
actual artículo 23, tomándose como fecha de inicio la elección anterior.
Disposición final primera. Régimen supletorio.
En lo no previsto en los presentes Estatutos, se aplicará supletoriamente la Ley
39/2015, de 1 de octubre, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y demás disposiciones
estatutarias, legales y reglamentarias concordantes, entre ellas la Ley 10/2003, de 6 de
noviembre, de Colegios Profesionales de Andalucía, la Ley 2/1974, de 13 de febrero, y la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Disposición final segunda. Desarrollo e interpretación.
Corresponde al Colegio de Administradores de Fincas de Huelva, la reglamentación,
desarrollo e interpretación de este Estatuto y velar por su cumplimiento.

00250895

Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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