Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2021/227-1)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para los ejercicios 2021 y 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 15 de octubre de 2021, de aprobación de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social (BOJA núm. 202, de 20.10.2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Jueves, 25 de noviembre de 2021

página 18721/2

Cuarto. Aprobación de formularios y presentación de solicitudes.
1. Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Orden de 15 de octubre de 2021,
se aprueban con esta convocatoria el formulario de solicitud, así como el de alegaciones,
reformulación y presentación de documentos, que se incorporan respectivamente como
Anexos I y II a la presente resolución.
2. Dichos formularios se encuentran incorporados en la herramienta telemática de
tramitación de solicitudes.
3. Las solicitudes deberán cumplimentarse telemáticamente a través de la oficina
virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, a la que se podrá
acceder a través del catálogo de procedimientos administrativos en la dirección
electrónica siguiente,
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24657/datos-basicos.html
4. Para su presentación electrónica, las personas solicitantes podrán utilizar
los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada, basados en
certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos
por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de
certificación», conforme a lo previsto en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
5. No se tendrán por presentadas las solicitudes que se presenten en forma distinta a
la recogida en este artículo, de conformidad con el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.

Línea subvencionable

Partida presupuestaria

Anualidad
2021
(euros)

Anualidad
2022
(euros)

Totales
(euros)

Línea 1: Subvenciones para la modernización
digital y mejora de la competitividad de las
personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomos, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarios y personas mutualistas

1000170063G/72C/77808/00
A1221082E1 2021001061

2.817.128

1.270.000

4.087.128 euros

Línea 2: Subvenciones para la modernización
digital y mejora de la competitividad de las
sociedades cooperativas andaluzas y sociedades
laborales de Andalucía.

1000178069G/72C/77807/00
A1221082E7 2021000976

2.000.000

1.272.826

3.272.826 euros

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 6 de abril de
2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público
derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía
y sus agencias administrativas y de régimen especial, las cuantías máximas fijadas en
el punto 1 se distribuyen en los siguientes ámbitos territoriales, en función del número
de personas afiliadas al Régimen Especial de personas Trabajadoras por Cuenta
Propia o Autónomos al mes de diciembre de 2020, según los datos del Instituto de
Estadística y Cartografía de Andalucía, así como del número de entidades de economía
social constituidas, inscritas y calificadas en el Registro de Cooperativas y Sociedades
Laborales de la Junta de Andalucía, en cada una de las provincias, durante el año 2020,
según los porcentajes obtenidos en cada provincia respecto del total de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250957

Quinto. Limitaciones presupuestarias, financiación y control.
1. Para el desarrollo de las actuaciones previstas en la presente convocatoria se
destinan un total de 7.359.954 euros con cargo al programa presupuestario 72C del
presupuesto para las anualidades 2021 y 2022, resultando las siguientes cuantías por
anualidades y estando ambas cofinanciadas en un 80%, con cargo al Programa Operativo
Regional de Andalucía FEDER 2014-2020, correspondiéndole a la Administración de la
Junta de Andalucía el 20% restante con las siguientes partidas presupuestarias: