3. Otras disposiciones. . (2021/200-12)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento domiciliario de agua potable de la Empresa Municipal de Aguas de Algeciras, S.A. (PP. 2193/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 166

de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia,
incluidas las relativas al consumo de agua.
Los ingresos de la unidad familiar deben de cumplir los siguientes requisitos para
acceder a esta ayuda o reducción:
- Domésticos cuyos ingresos de la unidad familiar no excedan 1,75 veces el IPREM.
- Pensionistas cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de la unidad familiar no superen
1,75 veces el IPREM.
- Familias numerosas cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de la unidad familiar no
superen 2,25 veces el IPREM.
La ayuda o bonificación será revisable trimestralmente, coincidiendo con los periodos
de facturación, no obstante el usuario debe informar si, dentro del plazo de la concesión,
cambian las circunstancias económicas de la unidad familiar, al objeto de revisar la ayuda
concedida. Si los servicios sociales manifiestan que no han sido informados de dichos
cambios se reclamarán las cantidades abonadas desde la fecha detectada.
C) Ferias y esporádicos.
Se facturará mediante tanto alzado en función del número de días suministrados, de
la forma siguiente:
Cuota fija: La cantidad resultante de prorratear la cuota fija mensual del contador
caudal permanente 2,5 m³/h por el número de días de utilización.
Cuota variable: Se considerará una utilización diaria de 5 horas, a razón del caudal
permanente del contador cuyo caudal permanente 2,5 m³/h, al precio de la tarifa industrial.
Derechos de Acometidas.
Los valores para los Parámetros «A» y «B» serán:
Parámetro A = 23,49 euros/mm.
Parámetro B = 232,94 euros/l/seg.
Cuota de Contratación.
CALIBRE CONTADOR
15
20
25
30
40
50
65
80
100 Y MAYORES

Q PERMANENTE (m³/h)
2,5
4
6,3
10
16
25
40
63
100

EUROS
60,1366
78,1669
96,1973
114,2277
150,2884
186,3491
240,4402
294,5313
366,6527

CALIBRE CONTADOR
15
20
25
30
40
50 Y MAYORES

Q PERMANENTE (m³/h)
2,5
4
6,3
10
16
25 y mayores

EUROS
29,3055
59,6505
187,8555
385,2345
788,7705
1.038,8175

En los casos de suministros contra incendios, la fianza será la que correspondiera
para un mismo tipo de suministro con un contador de caudal permanente de 6,3 m³/h.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195501

Fianzas.
Para atender el pago de cualquier descubierto por parte del abonado, este estará
obligado a depositar en la Caja de Emalgesa una fianza, cuyo importe se indica a
continuación: