Disposiciones generales. . (2021/200-2)
Decreto-ley 22/2021, de 13 de octubre, por el que se modifica el Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), en relación con las medidas extraordinarias dictadas para la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 84
1. Disposiciones generales
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Decreto-ley 22/2021, de 13 de octubre, por el que se modifica el Decreto-ley
6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas
extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia
de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y el Decreto-ley
10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y
urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del
empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico,
local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), en relación con las medidas extraordinarias dictadas para la Renta
Mínima de Inserción Social en Andalucía.
La irrupción de la pandemia internacional consecuencia del brote epidémico de
COVID-19, y las medidas de restricción de la movilidad dictadas a partir del mes de
marzo de 2020 para tratar de contenerla, multiplicaron las necesidades sociales de la
población, como resultado del incremento de las tasas de paro, del aumento del número
de familias que habían agotado todas las opciones de acceder a prestaciones públicas, de
la derivación al Sistema de Servicios Sociales de personas en situación de vulnerabilidad
que hasta ese momento estaban integradas socialmente y en definitiva del incremento del
número de familias que no podían garantizar la cobertura de sus necesidades básicas.
El Gobierno de Andalucía, ante la situación de emergencia social que provocó
la pandemia, desplegó un conjunto de medidas destinadas a dar respuesta a las
necesidades de la población vulnerable. En materia de Renta Mínima de Inserción Social
se adoptaron medidas extraordinarias y de urgencia mediante el Decreto-ley 6/2020, de
30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes
en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19) así como mediante el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el
que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en
materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en
el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19).
La Sección Segunda, del Capítulo I, del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, contemplaba
una serie de medidas extraordinarias para la concesión provisional de prestaciones de
la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, amparadas en la necesidad de dar
cobertura a la población más vulnerable ante la situación de confinamiento instaurada
tras la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020. Los expedientes objeto
de las medidas extraordinarias eran aquellos que contaban con la correspondiente
acreditación de urgencia o emergencia por parte de los Servicios Sociales Comunitarios
o correspondían a familias que, siendo beneficiarias de la prestación, llegaran al fin de la
misma durante el estado de alarma, o bien habían solicitado una ampliación. Asimismo,
recogía el mantenimiento de alta de aquellas prestaciones que finalizaran su percepción
durante la vigencia del estado de alarma citado.
Con ese mismo objetivo, en el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se
establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia
de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el
ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19), se recogieron nuevas medidas extraordinarias, entre las que se
encontraban la concesión de una prestación extraordinaria de 5 meses de duración para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200046
I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 18 de octubre de 2021
página 84
1. Disposiciones generales
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Decreto-ley 22/2021, de 13 de octubre, por el que se modifica el Decreto-ley
6/2020, de 30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas
extraordinarias y urgentes en el ámbito social y económico como consecuencia
de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y el Decreto-ley
10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y
urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del
empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico,
local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus
(COVID-19), en relación con las medidas extraordinarias dictadas para la Renta
Mínima de Inserción Social en Andalucía.
La irrupción de la pandemia internacional consecuencia del brote epidémico de
COVID-19, y las medidas de restricción de la movilidad dictadas a partir del mes de
marzo de 2020 para tratar de contenerla, multiplicaron las necesidades sociales de la
población, como resultado del incremento de las tasas de paro, del aumento del número
de familias que habían agotado todas las opciones de acceder a prestaciones públicas, de
la derivación al Sistema de Servicios Sociales de personas en situación de vulnerabilidad
que hasta ese momento estaban integradas socialmente y en definitiva del incremento del
número de familias que no podían garantizar la cobertura de sus necesidades básicas.
El Gobierno de Andalucía, ante la situación de emergencia social que provocó
la pandemia, desplegó un conjunto de medidas destinadas a dar respuesta a las
necesidades de la población vulnerable. En materia de Renta Mínima de Inserción Social
se adoptaron medidas extraordinarias y de urgencia mediante el Decreto-ley 6/2020, de
30 de marzo, por el que se establecen medidas administrativas extraordinarias y urgentes
en el ámbito social y económico como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19) así como mediante el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el
que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en
materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en
el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19).
La Sección Segunda, del Capítulo I, del Decreto-ley 6/2020, de 30 de marzo, contemplaba
una serie de medidas extraordinarias para la concesión provisional de prestaciones de
la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, amparadas en la necesidad de dar
cobertura a la población más vulnerable ante la situación de confinamiento instaurada
tras la declaración del estado de alarma el 14 de marzo de 2020. Los expedientes objeto
de las medidas extraordinarias eran aquellos que contaban con la correspondiente
acreditación de urgencia o emergencia por parte de los Servicios Sociales Comunitarios
o correspondían a familias que, siendo beneficiarias de la prestación, llegaran al fin de la
misma durante el estado de alarma, o bien habían solicitado una ampliación. Asimismo,
recogía el mantenimiento de alta de aquellas prestaciones que finalizaran su percepción
durante la vigencia del estado de alarma citado.
Con ese mismo objetivo, en el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se
establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia
de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el
ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el
coronavirus (COVID-19), se recogieron nuevas medidas extraordinarias, entre las que se
encontraban la concesión de una prestación extraordinaria de 5 meses de duración para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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