Disposiciones generales. . (2021/194-1)
Orden de 30 de septiembre de 2021, por la que se modifica la Orden de 16 de diciembre de 2019, por la que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito de la Consejería.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Jueves, 7 de octubre de 2021
página 17
b) Responsable de seguridad TIC.
2. En función de las necesidades y circunstancias de la organización, las funciones de
algunas de estas figuras podrá recaer sobre una misma persona, unidad o departamento,
siempre teniendo en cuenta que la responsabilidad de la seguridad de los sistemas
de información estará diferenciada de la responsabilidad sobre la prestación de los
servicios.
3. La responsabilidad de la conformación y designación de estas figuras en las
entidades vinculadas o dependientes recaerá sobre las propias entidades.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 171/2020, de
13 de octubre, la entidad vinculada o dependiente contará con una Unidad de Seguridad
Interior si así lo considera necesario por virtud del volumen o singularidad de sus activos.
En ese caso, en la composición del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la
entidad se incluirá una persona en representación de la Unidad de Seguridad Interior.
4. Las atribuciones del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de las entidades
vinculadas o dependientes podrán ser asumidas por el comité de dirección de la entidad.
5. Los nombramientos realizados para los distintos perfiles de la estructura organizativa
de seguridad TIC en las entidades vinculadas o dependientes deberán comunicarse al
Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería.»
Disposición adicional primera. Designación de la Unidad de Seguridad Interior de la
Consejería.
El Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería celebrará sesión
en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente orden, incluyendo en
los asuntos del orden del día la designación de la Unidad de Seguridad Interior de la
Consejería.
Disposición adicional segunda. Adaptación de la denominación del Comité de
Seguridad TIC.
Todas las referencias contenidas en la Orden de 16 de diciembre 2019, por la que se
establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones
en el ámbito de la Consejería, en las que se emplee la denominación «Comité de Seguridad
TIC» se entenderán hechas al «Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC».
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de septiembre de 2021
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
00199545
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Jueves, 7 de octubre de 2021
página 17
b) Responsable de seguridad TIC.
2. En función de las necesidades y circunstancias de la organización, las funciones de
algunas de estas figuras podrá recaer sobre una misma persona, unidad o departamento,
siempre teniendo en cuenta que la responsabilidad de la seguridad de los sistemas
de información estará diferenciada de la responsabilidad sobre la prestación de los
servicios.
3. La responsabilidad de la conformación y designación de estas figuras en las
entidades vinculadas o dependientes recaerá sobre las propias entidades.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 171/2020, de
13 de octubre, la entidad vinculada o dependiente contará con una Unidad de Seguridad
Interior si así lo considera necesario por virtud del volumen o singularidad de sus activos.
En ese caso, en la composición del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la
entidad se incluirá una persona en representación de la Unidad de Seguridad Interior.
4. Las atribuciones del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de las entidades
vinculadas o dependientes podrán ser asumidas por el comité de dirección de la entidad.
5. Los nombramientos realizados para los distintos perfiles de la estructura organizativa
de seguridad TIC en las entidades vinculadas o dependientes deberán comunicarse al
Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería.»
Disposición adicional primera. Designación de la Unidad de Seguridad Interior de la
Consejería.
El Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC de la Consejería celebrará sesión
en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente orden, incluyendo en
los asuntos del orden del día la designación de la Unidad de Seguridad Interior de la
Consejería.
Disposición adicional segunda. Adaptación de la denominación del Comité de
Seguridad TIC.
Todas las referencias contenidas en la Orden de 16 de diciembre 2019, por la que se
establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones
en el ámbito de la Consejería, en las que se emplee la denominación «Comité de Seguridad
TIC» se entenderán hechas al «Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC».
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de septiembre de 2021
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
00199545
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja