3. Otras disposiciones. . (2021/192-11)
Resolución de 29 de septiembre de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Andalucía Joven 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 61
acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio
laboral de personas con capacidades diferentes, para que puedan alcanzar su máximo
nivel de desarrollo personal y profesional.
k) Jóvenes revelación. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos
de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes menores de edad, que
destaquen en alguna modalidad recogida en las categorías c) a k).
2. En conmemoración del 25.º Aniversario de la creación del Instituto Andaluz
de la Juventud, podrá otorgarse por el Jurado un Premio de Honor, no previsto en las
modalidades recogidas anteriormente por la especial trayectoria de labor en defensa de
la juventud.
Quinto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas a las distintas modalidades de los premios se formalizarán con
la presentación de la siguiente documentación dirigida a la persona titular de la Dirección
General del Instituto Andaluz de la Juventud.
a) Instancia de la persona, colectivo, entidad o institución solicitante o, en su caso, que
haga la propuesta de candidatura, con expresión de sus datos significativos, en la que
constarán los datos de identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones
propuestas como candidatas y modalidad en la que se propone.
b) Memoria justificativa.
La memoria realizará una presentación de la persona, colectivo, entidad o institución
candidata.
Expondrá, en función de la modalidad a la que se presente, las principales actividades
o proyectos desarrollados por el/la candidata, acompañando la documentación que
acredite la veracidad de la información y los méritos de la candidatura.
Tendrá una extensión máxima de 4 páginas por una cara y podrá ir acompañada de
toda aquella documentación que la persona o entidad considere pertinente en orden a
valorar y acreditar los méritos reunidos.
Se elaborará utilizando un lenguaje no sexista y no discriminatorio, evitando cualquier
mención a estereotipos sexistas o sociales.
Tanto el modelo de instancia como de memoria estarán disponibles en la dirección web
https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/inicio
2. La documentación que deberá acompañarse es la siguiente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad de la persona física propuesta, en
el supuesto de haber ejercido el derecho a oposición de la consulta de sus datos de
identidad a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos SCSP.
b) Fotocopia del número de identificación fiscal de la entidad proponente y/o de la
entidad propuesta.
c) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada
propuesta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199408
Cuarto. Presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas podrán ser propuestas por entidades públicas o privadas
relacionadas con el objeto de los premios, entidades inscritas en el Censo de Entidades de
Participación Juvenil de Andalucía, por Administraciones Públicas y centros de enseñanza
reglada, incluyendo Universidades. Las entidades sólo podrán presentar una candidatura
por modalidad y esta candidatura no podrá ser coincidente con quien la formula.
2. Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Andalucía Joven no podrán
ser candidatos de nuevo a ninguna de las modalidades enumeradas en el apartado
tercero, número 1 de esta resolución.
3. Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las once modalidades
recogidas en el apartado tercero de esta resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Martes, 5 de octubre de 2021
página 61
acometidos mayoritariamente por personas jóvenes que promocionen la inserción socio
laboral de personas con capacidades diferentes, para que puedan alcanzar su máximo
nivel de desarrollo personal y profesional.
k) Jóvenes revelación. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos
de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes menores de edad, que
destaquen en alguna modalidad recogida en las categorías c) a k).
2. En conmemoración del 25.º Aniversario de la creación del Instituto Andaluz
de la Juventud, podrá otorgarse por el Jurado un Premio de Honor, no previsto en las
modalidades recogidas anteriormente por la especial trayectoria de labor en defensa de
la juventud.
Quinto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas a las distintas modalidades de los premios se formalizarán con
la presentación de la siguiente documentación dirigida a la persona titular de la Dirección
General del Instituto Andaluz de la Juventud.
a) Instancia de la persona, colectivo, entidad o institución solicitante o, en su caso, que
haga la propuesta de candidatura, con expresión de sus datos significativos, en la que
constarán los datos de identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones
propuestas como candidatas y modalidad en la que se propone.
b) Memoria justificativa.
La memoria realizará una presentación de la persona, colectivo, entidad o institución
candidata.
Expondrá, en función de la modalidad a la que se presente, las principales actividades
o proyectos desarrollados por el/la candidata, acompañando la documentación que
acredite la veracidad de la información y los méritos de la candidatura.
Tendrá una extensión máxima de 4 páginas por una cara y podrá ir acompañada de
toda aquella documentación que la persona o entidad considere pertinente en orden a
valorar y acreditar los méritos reunidos.
Se elaborará utilizando un lenguaje no sexista y no discriminatorio, evitando cualquier
mención a estereotipos sexistas o sociales.
Tanto el modelo de instancia como de memoria estarán disponibles en la dirección web
https://ws101.juntadeandalucia.es/patiojoven/inicio
2. La documentación que deberá acompañarse es la siguiente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad de la persona física propuesta, en
el supuesto de haber ejercido el derecho a oposición de la consulta de sus datos de
identidad a través del Servicio de Verificación y Consulta de Datos SCSP.
b) Fotocopia del número de identificación fiscal de la entidad proponente y/o de la
entidad propuesta.
c) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada
propuesta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00199408
Cuarto. Presentación de las candidaturas.
1. Las candidaturas podrán ser propuestas por entidades públicas o privadas
relacionadas con el objeto de los premios, entidades inscritas en el Censo de Entidades de
Participación Juvenil de Andalucía, por Administraciones Públicas y centros de enseñanza
reglada, incluyendo Universidades. Las entidades sólo podrán presentar una candidatura
por modalidad y esta candidatura no podrá ser coincidente con quien la formula.
2. Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Andalucía Joven no podrán
ser candidatos de nuevo a ninguna de las modalidades enumeradas en el apartado
tercero, número 1 de esta resolución.
3. Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las once modalidades
recogidas en el apartado tercero de esta resolución.