Disposiciones generales. . (2021/190-2)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se convoca curso de actualización de competencias directivas sobre el desarrollo de la función directiva establecido en el artículo 1 del Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Viernes, 1 de octubre de 2021
página 61

c) Personal funcionario docente que se encuentre actualmente ocupando un
puesto de dirección de un centro docente público en su octavo, séptimo o sexto año de
nombramiento.
2. Además de los requisitos de participación del punto anterior, será requisito para
todos los participantes no estar en posesión de la certificación acreditativa del curso
de formación sobre el desarrollo de la función directiva o del curso de actualización de
competencias directivas sobre el desarrollo de la función directiva que se determinan en
el Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre.
Cuarto. Forma de participación y plazo de presentación de solicitudes.
1. Forma de participación.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010,
de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección
del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, quienes participen
en este procedimiento deberán cumplimentar el formulario asociado a la solicitud que
facilitará la Administración educativa a través del portal docente de la Consejería de
Educación y Deporte (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portaldocente/). Dicho
formulario se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal
efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. La
cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número identificativo
que dará validez y unicidad a esta.
Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Formación
del Profesorado e Innovación Educativa de la Consejería de Educación y Deporte y se
presentarán de forma telemática. Una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a
que se refiere este apartado, deberán teletramitarse. Las personas interesadas deberán
disponer para ello de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los
prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración
de la Junta de Andalucía. Igualmente se podrán presentar utilizando el usuario Idea para
acceder al portal docente y la tarjeta DIPA para la firma. No se tendrán en cuenta las
solicitudes presentadas por esta vía que no completen el proceso de presentación fijado,
debiendo obtenerse el resguardo de solicitud que deberá conservar la persona interesada
para acreditar la presentación en plazo y forma.
2. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir
del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.

Sexto. Órgano de Instrucción y Comisión de Selección.
1. El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General de Formación
del Profesorado e Innovación Educativa, en cuyo seno se constituirá una Comisión de
Selección para el estudio y baremación de las solicitudes presentadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinto. Documentación.
La documentación justificativa de los méritos y requisitos que no estén en poder de la
Administración educativa, de conformidad con lo dispuesto en los apartados del baremo,
se insertará en formato PDF unido a la solicitud telemática.
El personal solicitante que opte por el apartado tercero.b) de esta convocatoria
declarará en la solicitud estar en posesión de una habilitación o acreditación de dirección
de centros públicos expedida con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica
8/2013, de 9 de diciembre, responsabilizándose expresamente de la veracidad de la
documentación aportada.